jueves, febrero 15, 2007

DEFENSORIA PENAL VALORÓ TRABAJO EN MEDIATICO CASO DE HOMICIDIO

Tribunal de Iquique acogió importantes argumentos de la defensa.

A cuatro días de que expire el plazo para presentar un eventual recurso de nulidad, la Defensoría Penal Pública valoró su participación en uno de los juicios orales más extensos de los últimos años: el del homicidio en contra del millonario iquiqueño Jorge Caponna Fabila. En este caso, la entidad consiguió que el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique acogiera sus principales argumentos, por lo que único defendido, Dinator Pizarro Pino, sindicado como coautor, fue condenado a 6 años de presidio por homicidio simple, cuando la fiscalía había pedido 15 años como autor de homicidio calificado

El equipo profesional a cargo estuvo integrado por la Jefa de Estudios de la Defensoría Regional, Victoria Márquez King y la abogada licitada Marcela Wachtendorff Valencia. La labor de ambas fue remarcada muy positivamente por la prensa local, que destacó lo sólido de sus argumentaciones jurídicas e intervenciones en el juicio.

Este proceso tiene el próximo 18 de febrero como plazo para presentar un eventual recurso de nulidad, el que debe remitirse al mismo Tribunal Oral en lo Penal de Iquique. Si se presentara, debe examinar su admisibilidad que, de ser positiva, se pone en consideración de una instancia superior como la Corte de Apelaciones, la que también examinará su validez antes de considerar tratarla en sala.

Este caso de homicidio involucró al empleado Dinator Pizarro Pino, de 32 años de edad, quien contribuyó con los principales antecedentes para aclarar el crimen contra el anciano Jorge Caponna, quien fue hallado muerto en un aislado sitio de la pampa, a unos 170 kilómetros de Iquique. Días antes de su desaparición, Caponna había extendido un amplio poder para que Luis Pedro Buccioni – el principal imputado - administrara sus pertenencias de terrenos. Posteriormente a su muerte, Buccioni inscribió tales propiedades a su nombre.

La Defensoría Penal Pública argumentó falta de pruebas sólidas para fundamentar la concertación y complicidad en tal muerte en el caso de su defendido Dinator Pizarro. Los únicos antecedentes claros al respecto fueron entregados por él mismo Dinator Pizarro, en una colaboración que pudo esclarecer el caso, planteó la defensa.

El Tribunal Oral en lo Penal de Iquique, presidido por el juez Carlos Cosma Inojosa, e integrado además por los jueces Marilyn Fredes Araya y Andrés Provoste Valenzuela, resolvió finalmente dictar – para Dinator Pizarro Pino - la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa. En los antecedentes de tal sentencia acogió “la minorante del N°9 del artículo 12 del referido Código Penal, toda vez que, efectivamente los antecedentes aportados por Pizarro permitieron dar luces a la investigación”.

El principal acusado fue condenado a 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa.

FOTO: Previo a la lectura de sentencia se observa, de izquierda a derecha, a: Dinator Pizarro Pino, imputado; y los defensores públicos Marcela Wachtendorff; Sergio Zenteno, Arturo Zegarra y Victoria Márquez.

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