sábado, septiembre 15, 2007

SENADORES APRUEBAN PROYECTO DE LEY PARA EVITAR POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A ALCALDE SIN QUE HAYAN CURSADO ENSEÑANZA MEDIA

Comisión de Gobierno Interior

Para regular el acceso al cargo de alcalde y evitar irregularidades en la presentación de títulos profesionales o grados educativos se aprobó un proyecto de ley que exige haber cursado en forma real cuarto medio a los candidatos.
Un importante avance, en busca de la transparencia en los antecedentes que presentan los candidatos a alcalde, dieron los senadores de la Comisión de Gobierno
Aprobaron un proyecto de Ley que establece
como requisito para ser alcalde haber cursado enseñanza media de manera real y efectiva. Los postulantes al municipio tendrán que acreditar con papeles sus estudios de educación media. Si los documentos resultan ser falsos o hayan sido adulterados, los postulantes serán sancionados drásticamente.
El senador por la Primera Región, Jaime Orpis, se mostró satisfecho ante la aprobación de este proyecto que presentó junto a los senadores
Carlos Bianchi, Ricardo Núñez, Víctor Pérez y Hosaín Sabag.
Afirmó que "fue necesario presentar esta moción luego de comprobar
una serie de situaciones que afectaron a diversas autoridades destituidas de sus cargos por no cumplir con el nivel de educación requerido por ley. Delataron ocultamiento de información, falsedad y alteración del instrumento o de la forma de acreditar el cumplimiento de esos requisitos"
Además puntualizó que "los alcaldes tienen atribuciones y facultades que requieren de un bagaje cultural mínimo para conducir el municipio, por lo mismo deberían cumplir por lo menos con la enseñanza media y no como algunos que realizan cursos de tres meses para corregir la situación a última hora. Hay que recordar que hubo un diputado que fue destituido porque no tenía cuarto medio".
La moción considera como causal de cese en el cargo la remoción por impedimento grave fundada en la falsificación del certificado de licencia secundaria, en el evento de que el infractor no sea condenado a pena aflictiva. En caso de que lo sea por esta infracción, opera la causal de pérdida de ciudadanía para el cese en el cargo. Ambas situaciones quedan cubiertas por una acción pública para sustanciar el procedimiento ante el tribunal electoral regional.
La iniciativa, que ahora será votada en la sala del Senado comenzará a regir 60 días antes de la fecha de la declaración de candidaturas a alcalde.

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