sábado, abril 19, 2008

Absuelven a obrero tras 20 meses de prisión preventiva


Defensoría de Tarapacá destaca labor institucional a favor de la Justicia.

Las pruebas “resultan insuficientes para establecer la participación del acusado en el delito”. Tras 20 meses detenido, el obrero Manuel Muñoz López escuchó hoy este tajante razonamiento que lo dejó en libertad, puesto que el Tribunal Oral en lo Penal de Arica lo absolvió de la acusación de robo con intimidación en contra de un taxista, en un hecho denunciado en agosto del año 2006 y que la Defensoría Penal resalta como ejemplo de la importancia de su labor técnica.
Sobre este caso, que ha tenido ejemplos similares en esta región y otras del país, el Defensor Regional de Tarapacá, Arturo Zegarra, destacó el gran nivel profesional de la defensa pública a favor de la correcta administración de la justicia, en este caso reflejado por la labor de los defensores en Arica. “Desafortunadamente acá hubo un ciudadano que pasó 20 meses detenido antes que se pudiera demostrar su inocencia, pero también está el hecho positivo que los jueces se pronunciaron reconociendo la garantía que tienen los ciudadanos de no ser declarados culpables si no hay pruebas sólidas, más allá de toda duda razonable”, planteó la autoridad.

EL CASO
El caso comenzó el 30 de agosto del 2006, cuando en la madrugada Lorenzo Guzmán Terán denunció en Carabineros haber sido víctima de un asalto, en el cual dos sujetos lo intimidaron con armas blancas, quitándole un celular, una radio portátil y cinco mil pesos. El taxista - que concurrió al juicio custodiado por Gendarmería, pues actualmente está detenido en Santiago en un proceso por tráfico de drogas – especificó que quien lo amenazó con un cuchillo tenía puestos chaqueta, pasamontañas y lucía tatuajes.
Al día siguiente el afectado alertó a Carabineros que había encontrado a su agresor, por lo cual la policía detuvo a Manuel Muñoz, aunque la mujer que lo acompañaba indicara que toda la noche anterior había estado con ella. Los jueces tomaron en cuenta ese detalle, como también que al acusado no le fueron halladas las especies robadas, que presentaba un aspecto diferente al que había especificado inicialmente el taxista y que sólo existía el testimonio de la víctima para identificar a su presunto asaltante.
“Se trata de un caso en que estaba muy claro que los antecedentes esgrimidos contra el acusado no podían convencer al tribunal, más bien los testimonios de la propia víctima del asalto y de los testigos presentados reforzaron nuestra tesis de que no podía acreditarse su participación en ese hecho delictivo”, detalló el defensor público Raúl Gil González, quien tuvo el caso desde el comienzo.
Raúl Gil hizo notar en diferentes etapas del juicio que existían muchas dudas razonables respecto a la participación del obrero en dicho delito, indicando que seguramente había una confusión explicada por la ofuscación de quien es víctima de un asalto en la madrugada, argumentación que fue escuchada con atención por los jueces.

EL FALLO
Respecto a esas argumentaciones del defensor público, el Tribunal Oral en lo Penal de Arica, integrado por los jueces Héctor Gutiérrez Massardo, Guillermo Rodríguez González y Carmen Calas Guerra, especificaron en los considerandos de su fallo que “surge la duda razonable respecto a la participación del acusado fundada sobre la base de un reconocimiento prestado por la víctima a las once de la mañana, es decir siete u ocho horas después de la ocurrencia de los hechos, en condiciones físicas deficientes, si se piensa que éste trabajó en la noche y fue asaltado en la madrugada, el cual se encontraba trasnochado, nervioso y cansado como lo expresaron los testigos”.

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