Informar las medidas
fitosanitarias adoptadas para evitar el ingreso de naves con presencia de la
polilla gitana raza asiática (PGRA), Lymantria
dispar asiática y Lymantria dispar
japónica, fue el objetivo central del encuentro que autoridades del Servicio
Agrícola y Ganadero (SAG) sostuvieron con los representantes de las agencias
navieras presentes en la región, además de la Empresa Portuaria
Iquique (EPI) e Iquique Terminal Internacional (ITI).
En
la oportunidad, se explicó que las naves de transporte marítimo constituyen una
de las vías potenciales de introducción al país de estas plagas cuarentenarias
(no presentes en Chile), por lo que el SAG estableció una serie de requisitos de
ingreso al país para las embarcaciones de carga, pesqueras, de turismo,
científicas y de pasajeros que hayan zarpado o permanecido en áreas con
presencia de este insecto.
Fernando
Chiffelle, Director Regional del SAG Tarapacá señaló que la “Pollilla gitana”
originaria del noreste y extremo oriental de Asia, es una de las plagas
forestales más agresivas a nivel mundial, siendo sus larvas los causantes de la
desfoliación severa de los árboles que se ven infestados.
“Es
por ello que el Servicio ha resuelto emitir una resolución que establece
requisitos de ingreso para naves provenientes de áreas con presencia de Polilla
gitana raza asiática (PGRA), las cuales hemos informado de manera oportuna a
las empresas navieras y administradores portuarios de la región, por cuanto
éstos requerimientos de orden fitosanitario serán exigidos a contar de este 12
Febrero en todos los puertos chilenos”, acotó la autoridad.
Al
respecto, Chiffelle indicó que entre algunos de los requisitos a presentar por las
agencias, se considera que éstas deben presentar con 24 horas de anticipación
el listado de puertos en los cuales haya recalado la nave durante los últimos
24 meses (contados desde el momento de arribo de la nave al país) y que estén
en período de vuelo de la polilla, además de un certificado fitosanitario
emitido por la autoridad sanitaria perteneciente al último puerto de zarpe y en
el cual se acredite que la embarcación está libre de la plaga. En caso contrario,
la nave será inspeccionada y sometida a medidas fitosanitarias que van desde la
aplicación de tratamientos hasta el rechazo de ingreso de la nave a puertos
nacionales.
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