viernes, abril 04, 2014

SUPERINTENDENCIA INSTRUYE A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SOBRE EXIGENCIAS DE SEGURIDAD EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS

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Frente a los arcos de fútbol, el instructivo precisa que todos los colegios del país deberán elegir un mecanismo para fijarlos al suelo de manera de evitar su volcamiento.

Para resguardar la seguridad de los alumnos durante las actividades deportivas y al aire libre -ante los graves accidentes registrados este año debido al volcamiento de arcos de fútbol-, la Superintendencia de Educación instruyó a todos los establecimientos del país fijar los arcos al piso y adoptar una serie de medidas en materia de seguridad.

"Como Superintendencia no podíamos quedar indiferentes y, por eso, instruimos a los colegios que fijaran los arcos de fútbol al piso, a través de cualquier mecanismo —cuerdas, cadenas, sistemas de anclaje u otros—, de modo de impedir que éstos caigan sobre los niños", sostuvo el director regional Juan Carlos Sanchez.

El oficio Nº 156 precisa que el sostenedor, personal directivo, docentes y asistentes son los responsables de la seguridad de sus alumnas y alumnos, mientras éstos se encuentren durante el horario de la jornada escolar, dentro del establecimiento o en actividades extraprogramáticas. Y que en virtud de lo anterior, las actividades educativas y recreativas en gimnasios y al aire libre deben considerar las buenas prácticas necesarias para asegurar el adecuado uso de implementos y el debido resguardo de la integridad física de los alumnos.

Entre las medidas, -que contaron con el aporte de la Asociación Chile de Seguridad (ACHS), figuran las siguientes:

•Todas las actividades educativas deben desarrollarse con la supervisión de un docente o asistente de la educación.

•El establecimiento educacional debe definir e implementar prácticas que ayuden a prevenir el riesgo o daño de los y las niñas dentro del recinto escolar o al momento de practicar actividades recreativas-deportivas. Y prevenir que los alumnos realicen actividades riesgosas, enseñándoles el valor del autocuidado tanto dentro como fuera del establecimiento.

•Preferir materiales y equipamientos livianos y de superficies lisas, que permitan reducir el riesgo o daño en la salud de los niños.

•Privilegiar y promover, al inicio de cada año escolar y de cada actividad deportiva o recreativa, un breve aviso-advertencia sobre el uso responsable y correcto de los elementos accesorios y deportivos, y sus riesgos en caso de mala utilización.

•Revisar periódicamente y antes de cada actividad el estado de los implementos deportivos, que se encuentran dentro del establecimiento escolar o recinto deportivo. Evitar el inicio de la actividad sin un chequeo previo.

•Recalcar que los implementos deportivos forman parte de los elementos recreativos del establecimiento (Ej: arcos, aros de básquetbol, mesas de ping-pong, taca-taca), pero su mal uso puede ocasionar problemas y accidentes, y nunca deben ser utilizados para fines distintos a los que están destinados.

•Los establecimientos deberán elegir un mecanismo para fijar al suelo los arcos de fútbol e implementos similares, de manera de evitar su volcamiento. Recordar que arcos, aros y otros, no son un equipamiento para escalar ni hacer acrobacias. Por lo tanto, no se puede subir a ellos ni colgarse bajo ninguna circunstancia.

•Evitar que los niños muevan por sí solos estos implementos.

•Recordar que cada establecimiento debe elaborar un Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE), el cual debe contener actividades de prevención de riesgos de acuerdo a los peligros existentes en la realidad específica de cada establecimiento.

•Se reitera la importancia de contar con medidas de seguridad necesarias que resguarden el buen funcionamiento del establecimiento educacional, tales como señalética visible, salidas de emergencia en buen estado y claramente identificadas, extintores cargados, botiquín, enfermería o primeros auxilios, escaleras con pasamanos y antideslizantes, instalaciones eléctricas y de gas seguras y cierres perimetrales.

El instructivo precisa que la Superintendencia fiscalizará, en el ámbito de sus facultades, las condiciones generales de seguridad de los establecimientos escolares.

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