David Pastén Carrasco Seremi de Economía, Fomento y Turismo Región
de Tarapacá
Con las palabras de
apertura del Seremi de Economía, Fomento y Turismo Región de Tarapacá, se dará inicio
a una charla informativa sobre la “Ley N° 20.720 de Reorganización y
Liquidación de Activos de Empresas y Personas”, organizada por la Seremía de Economía de la Región de Tarapacá y
la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
La exposición que se
realizará el día Martes 19 de Agosto del 2014, en el salón Esmeralda de la
Universidad Santo Tomás – Sede Iquique, ubicado en Av. Héroes de la
Concepción 2.885, permitirá que los
asistentes, profundicen sus conocimientos sobre las principales novedades de la
ley y sus procedimientos concursales que
entran en vigencia el 09 de octubre del año en curso LEY N° 20.720, SOBRE
REORGANIZACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE ACTIVOS DE EMPRESAS Y PERSONAS.
La Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas que entrará
en vigencia el 09 de octubre del año en curso, es una legislación moderna, flexible y eficiente, que tiene dos grandes
objetivos: reorganizar efectivamente empresas viables y liquidar rápida y
eficientemente a aquellas que no lo son.
Contiene cuatro
nuevos procedimientos, dos para las empresas (reorganización y liquidación) y
dos para las personas (renegociación y liquidación de bienes).
En el caso de las
empresas, permite al deudor que ha diagnosticado que su empresa es viable,
reorganizarse en forma efectiva, con el acuerdo de sus acreedores, y, en
consecuencia, mantener en funcionamiento su unidad productiva.
De este modo,
constituye una segunda oportunidad para el empresario en crisis, creando un espacio libre de presiones, que le permita al deudor negociar
con sus acreedores las mejores alternativas de solución de sus créditos,
fomentando la adopción de acuerdos y protegiendo a los acreedores que consientan
en los mismos.
En el caso del deudor
que ha diagnosticado que su empresa es inviable, le permite cerrarla formalmente
en un plazo muchísimo más breve que el establecido en la antigua ley, y en
consecuencia rehabilitarse y reemprender.
En efecto, el nuevo procedimiento concursal de liquidación busca vender
rápida y eficientemente los activos del deudor para pagar a sus acreedores,
permitiendo la reinserción de los mismos a la economía y permitiéndole al
deudor volver a empezar libre de estigmas.
Finalmente, una de las grandes novedades de la Ley N° 20.720 es que las
personas naturales, a través de un nuevo procedimiento administrativo, gratuito
y voluntario ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, podrán
renegociar sus deudas con sus acreedores, o bien, lograr una ejecución expedita
y simplificada de sus bienes para el pago a sus acreedores.
PRINCIPALES NOVEDADES LEY N° 20.720:
Nuevos procedimientos:
Procedimiento de
reorganización de empresas, que tiene por objetivo lograr la reestructuración
de una empresa viable mediante el acuerdo entre el deudor y sus acreedores, en
un plazo máximo de 4 meses.
Procedimientos de
liquidación de empresas y personas, que tienen por objetivo liquidar rápida y
eficientemente los activos de una empresa no viable, o de una persona incapaz
de renegociar sus deudas. Se acotan los plazos a un máximo de 12 meses para la
empresa y de 8 meses para la persona, en comparación al promedio de 4,5 años
que tarda una quiebra en la actualidad.
Procedimiento de
renegociación de las personas, nuevo procedimiento, administrativo y gratuito,
que se establece como una alternativa eficiente para que la persona deudora
llegue a un acuerdo con sus acreedores en un plazo máximo de 105 días.
• Justicia especializada: tribunales
especialmente capacitados en estas materias, a quienes se distribuirán
preferentemente las causas concursales, contemplando asimismo la posibilidad de
someterlas a arbitraje concursal.
• Beneficios para los trabajadores: el
inicio de un procedimiento de liquidación de la empresa pone término al
contrato de trabajo, aclarándose las indemnizaciones laborales y facilitando
los pagos a favor de los trabajadores.
• Desestigmatización del deudor:
eliminación de las presunciones de responsabilidad penal de la legislación concursal
y regulación de tipos específicos y comunes en el Código Penal.
• Nuevos entes concursales: con perfiles
que se adecúan a cada tipo de procedimiento.
Veedor: con
habilidades de negociación, a fin de facilitar los acuerdos de reorganización.
Liquidador con
habilidades enfocadas a la ordenada y pronta liquidación de activos.
Martillero concursal:
martilleros públicos especializados en materias concursales, fiscalizados por
la Superintendencia.
• Boletín Concursal: plataforma
electrónica pública y gratuita a cargo de la Superintendencia, en la que se
publicarán todas las resoluciones y actuaciones que se dicten en los
procedimientos concursales, permitiendo mayor agilidad y transparencia de los
mismos.
• Nueva Superintendencia: se crea una
nueva Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, con presencia
regional, a través de sus coordinadores regionales ubicados en las dependencias
del Instituto de Previsión Social.
Iquique, 19 de agosto
de 2014
Salón Esmeralda de la Universidad
Santo Tomás – Sede Iquique
Av. Héroes de la Concepción 2885
Programa seminario
17:30 - 17:50 hrs. Inscripción
Asistentes
17:50 – 18:00 hrs. Palabras de
Bienvenida Sr. David Pastén Carrasco, Seremi de Economía, Fomento y Turismo Región
de Tarapacá.
18:00 - 18:40 hrs. Principales
novedades de la Ley N°20.720. Josefina Errázuriz Cardoen,
abogada de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
18:40 - 19:30 hrs. Referencia a
los cuatro procedimientos concursales contemplados en la Ley N°20.720. Gabriela Covarrubias
Pérez abogada de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
19:30 – 20:00 hrs. Preguntas.
20:00 hrs. Coffee Cierre Actividad
#Iquique

No hay comentarios.:
Publicar un comentario