El Sernageomin va a fiscalizar que los valores
reflejen los recursos necesarios para velar por la estabilización física
de los yacimientos ya explotados.
El Servicio Nacional de Geología y Minería
(Sernageomin) informó que 12 faenas presentaron la
valorización de sus planes de cierre, conforme al régimen transitorio de la Ley
20.551 de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras, cuyo plazo de ingreso
venció el pasado 11 de noviembre. Según el Sernageomin, institución a cargo de
la fiscalización de esta ley, el monto total de valorizaciones de planes de
cierre en la región de Tarapacá asciende a 17.368.566 unidades de fomento (UF),
como estimación preliminar. A nivel nacional, 132 faenas presentaron estas
valorizaciones.
Las faenas que presentaron estas
valorizaciones son: Quebrada
Blanca, Collahuasi, ACF Minera, Nueva Victoria, Sagasca, Cordillera, Bullmine,
Cerro Colorado, K+S, Soledad, Cala-Cala, Negreiros y ACF Nitratos.
De visita en la región este martes, el
director nacional del Sernageomin, Rodrigo Álvarez Seguel, comentó que “esta
ley es un hito ambiental porque las empresas asumen la responsabilidad del
cierre de sus faenas, con lo cual se evita la generación de nuevos pasivos
ambientales. Se da un paso importante para contar verdaderamente con una
minería sustentable, que no externalice impactos directos, indirectos,
acumulativos y sinérgicos sobre el agua, el suelo y el aire. Es una buena
noticia para la salud de las personas”.
Por su parte, la directora regional de la
institución fiscalizadora, María Fernanda Martínez, dijo que “el
siguiente paso es la evaluación y aprobación de los planes de cierre; una vez
que eso suceda, la empresa tiene un plazo de 6 meses para comenzar a constituir
la garantía financiera, para haber completado el 20% del total dentro del
primer año. Este es un proceso complejo, pero que sin duda va a implicar un
aprendizaje enorme e información muy relevante para el Estado, los mercados y
la ciudadanía”.
La Ley 20.551 de Cierre de Faenas e
Instalaciones Mineras obliga a garantizar -con diferentes instrumentos
financieros- las medidas de estabilización física y química que deben realizar
las empresas durante el cierre las faenas que en el futuro agoten su fase de
explotación, además de garantizar la gestión de post-cierre que se extiende por
al menos 5 años. Aun cuando todas las faenas deben tener planes de cierre
aprobados, aquellas donde la capacidad de extracción mensual bruta es superior
a 10.000 toneladas, deben entregar una garantía financiera de sus procesos de
cierre.
Cabe señalar que el mencionado régimen transitorio obliga a las empresas a valorizar y garantizar las medidas de cierre ya aprobados mediante Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y el título X del Reglamento de Seguridad Minera, mientras que las empresas que no se ciñeron a este régimen el 11 de noviembre, deben presentar planes de cierre según el nuevo régimen general de la Ley 20.551, que contempla un estándar más exigente para estos planes, incluyendo la aplicación de Análisis de Riesgo para la estabilidad física y química de las instalaciones de la faena. Este análisis, dependiendo de la dimensión de la faena, podría significar estudios que van desde los 4 a los 8 meses.
Los recursos obtenidos como aporte al Fondo
de Post Cierre, serán administrados por el Sernageomin de acuerdo con las
instrucciones que contempla esta ley, y serán usados para la aplicación del
Plan de Post Cierre de la faena minera cerrada. La administración de dichos
fondos, mientras no sean usados, serán licitados para que una institución los
invierta en una cartera de instrumentos financieros de renta fija,
explícitamente mencionados en el mencionado cuerpo legal. Esta debe ser una
empresa profesional en la administración de activos financieros, acreditada por
la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), y elegida por medio de
licitación efectuada por el Sernageomin.
#Iquique
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