El Intendente Regional de Tarapacá, Mitchel
Cartes Tamayo, junto al Seremi del Trabajo y Previsión Social, Jaime Hip
Hidalgo, y la directora regional (s) del Trabajo, Natalia Avendaño López,
recorrieron el centro de la ciudad de Iquique para reforzar el llamado a
respetar el feriado irrenunciable de los trabajadores del comercio este 1° de
mayo.
“Este y
todos los primeros de mayo, al igual que los 18 y 19 de septiembre, más el 25
de diciembre y el 1 de enero de cada año, son días que se han instaurado como
feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores del
comercio, por lo que instamos a los empleadores a respetar la medida que busca
privilegiar el descanso y la vida familiar”, sostuvo la máxima autoridad
regional, quien advirtió que se exceptúan del feriado irrenunciable aquellas
personas que se desempeñan en clubes y restaurantes; establecimientos de
entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub,
cabaret, casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados;
además de aquellas que expenden combustibles, las farmacias de urgencia y las
farmacias que deban cumplir turnos fijados con antelación por la autoridad sanitaria.
Por su
parte el seremi del Trabajo y Previsión Social, Jaime Hip, explicó que de
acuerdo a lo previsto en el artículo 2 de la Ley 19.973, modificada por las
leyes 20.215 y 20.629, los locales deberán estar cerrados desde las 21:00 horas
del jueves 30 de abril y hasta las 06:00 horas del día 02 de mayo.
“En caso
de no cumplir la normativa, las infracciones a este descanso de feriado
obligatorio e irrenunciable serán sancionadas con multas que van desde los 216
mil 200 pesos hasta los 864 mil 800 pesos por cada trabajador afectado por la
infracción, considerando el personal contratado por la empresa, así que toda la
ganancia generada podría irse para cubrir las infracciones”.
Finalmente
la directora subrogante de la DT regional, Natalia Avendaño, expuso que los
trabajadores sorprendidos en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y
abandonar su lugar de trabajo. Eso sí, enfatizó que los locales comerciales
atendidos por sus propios dueños pueden abrir durante ambos días feriados.
“El dato
que manejamos del año pasado es que en todo el país solo 19 trabajadores
debieron terminar sus turnos al ser sorprendidos trabajando ilegalmente,
mientras que la Dirección del Trabajo cursó multas por casi 4 millones de pesos,
una cifra que por cierto queremos reducir”, puntualizó la encargada de las
fiscalizaciones, quien indicó que cualquier consulta o denuncia puede hacerse
anónimamente a través de la página www.direcciondeltrabajo.cl
o el portal www.dt.gob.cl.
Familia y trabajo
Enmarcada
entre las últimas normas aprobadas en el Congreso que buscan favorecen a los
trabajadores del comercio y permitir conciliar familia y trabajo, el seremi del
Trabajo Jaime Hip destaca dos de las diecisiete leyes aprobadas en el último
año gracias al trabajo del Mintrab: la Ley 20.828 y la 20.823.
“La
Ley 20 mil 828 es una normativa que se promulgó el 14 de abril del presente año
y se publicó en el Diario Oficial el 18 de abril, modificando
el Código del Trabajo y estableciendo la prohibición de contabilizar
el día feriado irrenunciable dentro de la planificación horaria mensual que
determina el sistema de turnos de los trabajadores del comercio, una medida que
va de la mano
con otra Ley, la 20 mil 823, que en lo medular, establece modificaciones en el
descanso dominical, ya que a los dos domingos al mes con los que contaba cada
trabajador se adicionarán otros siete en todo el año calendario, por lo que en
vez de contar con 22 días asegurados para el descanso, ahora tendrán 29
domingos al año.
#Iquique
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