Agradecemos a esta honorable comisión darnos
la posibilidad de presentar nuestras opiniones respecto del proyecto de ley
sobre interrupción del embarazo en tres causales.
Movimiento de Mujeres Reivindica es una
agrupación conformada por mujeres diversas en cuanto a ideas, actividades y
profesiones (estudiantes, trabajadoras, artistas, jefas de hogar, abogadas,
actrices, investigadoras, profesoras, médicos, etc) que buscan incidir o
aportar a la sociedad para promover la inclusión y participación de la mujer en
todas la áreas de la sociedad, sin que su maternidad sea considerada un
obstáculo. Es por eso que dentro de nuestra misión es de especial relevancia
cambiar el paradigma sobre la maternidad en conflicto. Somos una agrupación
independiente, feminista, pluralista, defensora de los derechos humanos y por
consecuencia contraria al aborto. Mencionamos que como agrupación civil, solo
contamos con voluntarias.
I.Para
empezar, es conveniente aclarar conceptos:
El debate sobre el aborto no es un debate
fácil, no solo por ser una problemática compleja sino porque en el espacio
público es abordado por distintas disciplinas como el derecho, la filosofía, la
biología, la medicina, la ética, que al superponer nomenclaturas generan
confusión. Nos parece importante hacer más comprensibles algunos conceptos de
uso común, para transparentar la discusión.
Primero, el proyecto de ley no se trata de “interrupción del embarazo” sino que de aborto, no se trata de despenalización, sino que de legalización, y no se trata de un proyecto restrictivo, sino que considera subterfugios para aborto libre.
Primero, el proyecto de ley no se trata de “interrupción del embarazo” sino que de aborto, no se trata de despenalización, sino que de legalización, y no se trata de un proyecto restrictivo, sino que considera subterfugios para aborto libre.
Se utiliza el concepto de interrupción del
embarazo como sinónimo de aborto, y efectivamente según contexto estos
conceptos pueden ser equivalentes. Sin embargo,no son lo mismo: la afirmación
de que en Chile existe total prohibición del aborto -argumento de quienes
impulsan el proyecto- además de ser inexacta, induce a confusión a la opinión
pública. En Chile no existe total prohibición de la interrupción del embarazo
(en caso de riesgo vital de la madre), pero sí, existe total prohibición del
aborto malicioso o voluntario. Prueba de esto, es el informe de la Corte
Suprema n° 48-2015 sobre el proyecto en cuestión, en la cual es el actual
Presidente de la Corte, ministro Sergio Muñoz, quien previene en el sentido de
subrayar que en la actualidad en Chile no se encuentra proscrito el aborto
terapéutico, lo que se entiende como “interrupción del embarazo” por riesgo
vital de la madre.
¿Cuál
es la diferencia?
Un aborto puede ser espontáneo, producto de
patologías maternas o del ser humano en gestación.
Caso 1. Pero también el
aborto puede ser provocado como RESULTADO de una terminación del embarazo antes
que el feto pueda sobrevivir fuera del útero, lo que lleva a su muerte.
Caso 2. También se considera aborto provocado a la terminación deliberada del embarazo con el propósito de provocar la muerte del ser humano en gestación aún cuando le sea posible sobrevivir fuera del útero, por sí mismo o con ayuda médica. En estos casos, el aborto provocado también recibe el nombre de feticidio. Cabe señalar que en esta etapa de viabilidad, se puede llegar a infanticidio, cuando a los seres humanos que sobreviven al aborto provocado no se les presta atención médica, práctica (aunque ilegal) existente en varios países supuestamente “desarrollados”. Por lo tanto, EN EL ABORTO PROVOCADO el ser humano en gestación DEJA DE EXISTIR como paciente y SIEMPRE SE LE MATA, YA QUE ESA ES LA FINALIDAD ÚLTIMA del procedimiento.
En cambio, la interrupción del embarazo
-aunque siempre deliberada- difiere fundamentalmente del aborto provocado (caso
2) por cuanto considera a la mujer y a su hijo en gestación como pacientes en
todo evento, aunque como resultado del procedimiento el ser humano en gestación
muera.
(Si consideramos que este proyecto apenas menciona al que está por nacer dentro de su fundamentación, entonces la IVE se trata de aborto a secas y no de interrupción del embarazo).
Esta diferencia se hace patente cuando se
compara la terminación de un embarazo de 30 semanas debido a, por ejemplo, una
rotura de membranas, que consiste en la inducción de parto prematuro o una
cesárea de emergencia, versus el aborto del mismo embarazo de 30 semanas, que
por un acto deliberado es destruido (el feto) química o mecánicamente para
luego ser extraído de la cavidad uterina ya muerto.
Segundo: Es legalización
porque el Estado está comprometiendo recursos en garantizar esta “prestación de
salud” como derecho. Si fuera despenalización, sólo se propondría dejar de
perseguir penalmente a quien aborta y a quien lo realiza.
Tercero: Es aborto libre
porque el proyecto cuenta con resquicios, a nuestro juicio, deliberados, que
permitirán subterfugios para que se realicen abortos sin necesidad de que
efectivamente exista riesgo de vida, o una violación. Ejemplo de esto: incluir
concepto de riesgo presente “o futuro” de salud en sentido amplio. La falta de
denuncia ante las autoridades competentes en la causal de violación, sumado a
que no EXISTE LIMITE GESTACIONAL PARA
DOS CAUSALES NI NINGUNA CONSIDERACIÓN CON EL FETO EN EDAD GESTACIONAL QUE YA
GOZA DE VIABILIDAD.
Dicho lo anterior: En especifico, respecto a
la primera causal, no solo es una causal ficticia, ya que en este punto “Riesgo
vital” no hay duda que es legal la interrupción del embarazo. Además de ofrecer
“subterfugio legal” para aborto libre (con el concepto de “riesgo vital
futuro”), también es una causal que manipula a la opinión pública consiguiendo
apoyo para este proyecto invocando una realidad inexistente: LA PROHIBICIÓN LEGAL Y TOTAL DE LA
INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO EN RIESGO VITAL.
Cabe destacar, y no debiera resultar anecdótico, que ninguna de las organizaciones que se manifiesta a favor de proyecto de ley, es partidaria del aborto restrictivo, sino que del aborto “voluntario” y sin restricciones. Nos dan la razón entendiendo este proyecto como un primer paso en ese sentido, y defendiéndolo con argumentos para aborto libre.
II.Tres causales: una mirada desde la realidad de las mujeres.
Como movimiento de mujeres contamos entre
nuestras adherentes con quienes han sufrido -lamentablemente- agresiones
sexuales y/o una violación. También mujeres que han sufrido embarazos de altísimo
riesgo, y embarazos donde las expectativas de vida de sus hijos son mínimas o
con diagnósticos de enfermedad “letal”.
Por los testimonios que contamos,
reiteradamente comprobamos que los problemas para mujeres que viven un embarazo
-por ejemplo- “inviable” NO TIENE QUE
VER CON DESEAR UN ABORTO Y NO PODER HACERLO, sino con el déficit de
establecimientos de salud preparados, la necesidad de viajar para realizarse
exámenes imposibles de ser practicados en sus ciudades de origen (por lo que
deben estar solas en este proceso) o el ser parte en listas de espera en los
centros de salud públicos para consultas con médicos especialistas, etc.
El hecho de sufrir un shock emocional que no
está considerado en las prestaciones de salud (acompañamiento), situaciones que
se ven agravadas por la falta de apoyo, empatía, humanidad en el personal
médico que muchas veces no está capacitado para manejar estos casos. (reiteradamente
se repiten en los relatos).
Sin importar nivel socioeconómico, deben lidiar con la discriminación y violencia obstétrica hacia ellas y sus hijos “declarados inviables” como la negación del contacto madre e hijo/a post parto, el sometimiento a exámenes innecesarios en el sector privado, o abandono por parte médica del bebé como paciente, incluso el recibo de instrucciones de dejar al recién nacido sin alimentos, o la negación de vacunas o medicamentos.
Muchos de estos niños diagnosticados con
inviabilidad durante en embarazo que viven más allá de lo pronosticado, siguen
recibiendo un trato indigno en los servicios de salud.El caso de Nevenka
Astudillo es un ejemplo emblemático de ello. (ver testimonios adjuntos). El
proyecto no se hace cargo ni da ninguna respuesta a esta desafiante realidad
que pretende abordar.
De hecho, a nuestro parecer, solo conseguirá que -de aplicarse- los derechos de las mujeres y sus hijos como pacientes sean aún más vulnerados de lo que son hoy en día. Porque el proyecto considera esta “opción”, sin dar prueba -primero- de ser una opción legítima y por ende no da garantía de que la promoción del aborto eugenésico y criminológico no profundice la vulnerabilidad en que se encuentran las mujeres que viven un embarazo en estas condiciones.
Elementos
conflictivos:
Así mismo, resulta tremendamente preocupante
que sobre la realidad de la mujeres y niñas víctimas de violación embarazadas,
en su mayoría esto es resultado de violaciones reiteradas en las que el agresor
pertenece a su núcleo cercano, resultando HOY una conducta frecuente que
víctimas sean obligadas a abortar por su agresor y encubridores para ocultar el
delito. Donde incluso gracias a penalización del aborto y la denuncia del
delito aborto por parte de médicos,se pudo sancionar al agresor y proteger a la
víctima.
Es importante considerar también que la
víctima,por lo general, no es consciente de la agresión de la que han sido
objeto hasta bastante tiempo después, incluso años. Tampoco existe a priori un
rechazo hacia el ser humano gestado.
Dada esta complejidad, donde hay una víctima tremendamente dañada y vulnerable,no detenerse en la posibilidad de que el aborto sea también una forma de agresión, resulta antojadizo.
Situación que es especialmente delicada en caso de menores de 14 años, donde se permitirá con autorización de un juez o responsable legal someter al aborto. Decimos someter porque siendo menor sin facultad de consentimiento, siempre se le obligará. ¿PUEDE EL JUEZ O TUTOR tomarse esa atribución? La subrogación de esa decisión podría tener límites, POR EJEMPLO: UNA MENOR DE 14 años no puede consentir una relación sexual y tampoco puede ese acto ser autorizado por un juez o adulto responsable. Por tanto, para establecer que el aborto, es una decisión “autorizable” debe zanjarse ANTES si ésta ES UNA ACCIÓN TERAPÉUTICA o INOCUA. También debe establecerse previamente SI ES UNA ACCIÓN QUE NO CONSTITUYE UNA NUEVA AGRESIÓN así sea aceptada por la menor, porque la mera tolerancia sobre actos de este tipo no significa que no exista agresión- CONVENGAMOS QUE LA AGRESIÓN QUE ORIGINÓ EL EMBARAZO LA MAYORÍA DE LAS VECES fue tolerada (debido a que muchas no son consciente de la agresión,como dijimos anteriormente*) lo que no significa que no exista agresión.
Ante la delicada realidad que deben enfrentar
niñas víctimas de violación, donde han fallado TODOS los mecanismos de
protección, y donde el mismo SENAME reconoce el bajísimo porcentaje de causas
que consiguen condenas efectivas (ver informe sename sobre este proyecto) ,
resulta violentísimo que este proyecto NO considere HACER ningún énfasis en la
protección EFECTIVA a la víctima, sino que privilegie la confidencialidad por
sobre la denuncia y reduzca la autorización a un mero acto administrativo. Lo
que termina empoderando aún más al agresor por sobre la víctima otorgándole una
nueva herramienta: el aborto legalizado.
Es por todo esto que la discusión en la
comisión de salud en este punto, debería al menos estar fuertemente orientada a
considerar aspectos estrictamente médicos y evaluar que efectivamente el aborto
sea una acto terapéutico o reparativo que beneficie la salud, algo que hasta
ahora no se ha demostrado, sino más bien, lo contrario. Porque de no ser la
Salud el objetivo, no se explica que estemos discutiendo este proyecto en esta
Honorable Comisión y no en la de DDHH.
En resumen,por lo visto el proyecto ofrece
todos los incentivos para promover el aborto y no el bienestar de la mujer, ya
que la precariedad en servicios de salud , la falta de apoyo especializado y la
mala atención que reciben mujeres en estos casos solo se verá COMO UN FUERTE INCENTIVO a favor de la
“opción” del aborto. Mismo fenómeno se verá reforzado con víctimas de
violación, que ya hoy en día son frecuentemente obligadas al aborto por su
victimario y encubridores, donde además , la penalización del aborto ha
conseguido sancionar al agresor y proteger a la víctima. Finalmente se impone
una política pública de eliminación sistemática de la “consecuencia” -un ser
humano- y no una política de mejora de las condiciones en que viven hoy las
mujeres y niñas, perpetuando el ciclo de violencia hacia ellas.
DICHO
ESTO
se hace aún más claro que EL ABORTO
no es una “opción” impulsada por un grupo importante de mujeres que han vivido
estas dramáticas circunstancias, ni es resultado de la acumulación de
experiencia recopilada acerca de quienes han sufrido un embarazo de estas
condiciones. Se hace latente que el proyecto es un pie forzado de una agenda
promovida por grupos de interés, no producto de una reflexión profunda y
consciente en miras del bienestar de “Las Mujeres”
III.
Influencias del proyecto.
En ese aspecto, no podemos dejar de mencionar
que es inaceptable, que AL MISMO TIEMPO
QUE EL GOBIERNO IMPULSA ESTE PROYECTO, supuestamente en favor de las mujeres,
SE CIERREN PROGRAMAS COMO CEEAM (Centro Especializado de Atención y Apoyo a la
Maternidad) con el exitoso FONO MATERNIDAD, y EL PROGRAMA AMA (APOYA A LA MADRE
ADOLESCENTE). En ambos casos, la reestructuración que se anunció no solo no
se ha concretado hasta ahora, sino que también implicó INVISIBILIZAR las ayudas
estatales existentes a mujeres embarazadas vulnerables.
¿Por qué se elimina un programa como el CEAAM
al mismo tiempo que se impulsa la legalización del aborto? Estos antecedentes
dan para pensar que lo que le interesa a gobierno y asesores no es el bienestar
de la mujer, sino el promover el aborto.
Más aún, si a esto le sumamos que la mayoría
de las ONGs que impulsan el proyecto -arrogándose la vocería de las mujeres-
cuentan con financiamiento y/o vínculos con IPPF (International Planned
Parenthood Federation); ONG y transnacional proveedora de servicios de aborto.
Presente en nuestro país con su filial APROFA CHILE y sus aliados estratégicos
MILES CHILE, han demostrado la gran influencia de la que gozan en este
proyecto, al punto que discurso de Miles Chile sea idéntico al del gobierno.
(“estado laico”).
Esto resulta particularmente preocupante
debido al gran escándalo en el que se ha visto envuelto IPPF en EEUU, donde
reciententemente han salido a la luz pública una serie de vídeos dando cuenta
del presunto delito y negocio ilegal con venta de órganos y partes de fetos
abortados para investigación y otros objetivos. Entre los mecanismos que
detalla para obtener los órganos intactos incluye el aborto por nacimiento
parcial, lo que también es ilegal en EEUU.
Esta situación, de ser efectiva,es gravísima
y significaría que los frutos economicos que se obtienen a través del aborto
están por sobre el bienestar de las mujeres que dicen promover.Lo cual sería
inaceptable. Y más inaceptable aún sería, que sean estos intereses los que estén
representados en este proyecto que impulsan con su filial Aprofa y sus socios
estratégicos Miles Chile. Ya que las filiales de IPPF en el mundo, como lo es
Aprofa Chile, terminan prestando servicios de aborto una vez legalizado este.
Estas situaciones deben ser aclaradas, se
tratan antecedentes que revestirían caracter de delitos y lucro ilegal, en una
organización que concentra un gran poder e influencia. : Es ONG dedicada al
lobby para legalizar el aborto libre en el mundo, con filiales en 70 países. Es
concesionaria en servicios de aborto. Es una federación mundial de clínicas
abortivas. Al trabajar con la ONU tiene prácticamente un estatus de organismo
internacional
Planned Parenthood ( IPPF)Financia campañas políticas en EEUU.
Planned Parenthood ( IPPF)Financia campañas políticas en EEUU.
IV.
Patriarcado y violencia del aborto.
Considérese, para analizar con profundidad y
seriedad la problemática del aborto en Chile, que la afirmación de que existe
total criminalización hacia mujeres por aborto a todo evento no es efectiva, ya
que actualmente- además- de que no existe ninguna mujer cumpliendo pena de
cárcel por haber abortado, se entiende que las mujeres que recurren a él
también pueden ser víctimas, y tanto la fiscalía como los tribunales les dan
ese tratamiento en base a causales de eximentes (como pasa y debiera con
víctimas de violación), atenuantes de responsabilidad penal y el concepto de
justicia restaurativa impuesto en Chile. Sin embargo, en este punto se podría
avanzar en institucionalizar ,mediante instructivos de procedimiento penal o
incorporar a la legislación vigente, la posibilidad de que la mujer sea
considerada también víctima del aborto por coerción y violencia. Todo esto sin
extinguir el delito, que de desaparecer, no permitiría que la justicia pueda
proteger a las víctimas del aborto: la mujer y el ser humano en gestación.
Entre quienes sí cumplen pena efectiva por
delito de aborto, se encuentra el asesino de Claudia Barría, joven madre que
con 34 semanas de embarazo fue asesinada por el padre biológico de su hija en
gestación, debido a que rechazó reiteradamente su solicitud de practicarse un
aborto (Osorno 2009). Actualmente, también se encuentra en proceso de
investigación el asesinato de Carla Jara, joven también asesinada con 8 meses
de embarazo por -aparentemente- negarse al aborto solicitado por el padre
biológico de su hija en gestación. (Paine, Mayo-2015).
Otro antecedente importante a destacar que se
relaciona con este punto, es la serie de femicidios ocurridos en Argentina, que
desataron masivas protestas y una fuerte campaña en redes sociales con el
llamado de #NiUnaMenos. El caso que hizo reaccionar a la ciudadanía del vecino
país fue el asesinato de Chiara de 14 años, presuntamente obligada a abortar
por su novio y la madre de éste, luego asesinada a golpes y enterrada en el
patio de una casa.
Estos casos evidencian en su cara más extrema
la realidad del aborto poniendo en relieve los datos de estudios que muestran
que, en México, un 7% de la mortalidad materna por aborto inducido puede ser
explicada por violencia de pareja contra la mujer o más aún que, en Chile, más
del 90% de mujeres que piensan en un aborto lo hacen por miedo y coerción.
Si naturalizamos la violencia del aborto
-contra el niño/a gestado- también naturalizamos la violencia a las mujeres en
razón del embarazo y, finalmente, contra toda mujer potencialmente madre, donde
el aborto y el femicidio es sólo la punta del iceberg.
Es por esto que nos parece que el presente
proyecto de ley, cuya redacción fundamenta el acceso al aborto como “derecho”
de la mujer, más que una simple despenalización por causales, provee
justificación al acto de abortar en base a teorías que no se condicen con la realidad.
Y la realidad es: Que el aborto es un acto violento contra un ser humano
(gestado) que tiene como principal origen algún tipo de violencia contra la
mujer.
Violencia que puede ser directa o estructural hacia la mujer/madre, ya que la maternidad es muchas veces castigada socialmente y es causal de discriminación en variadas formas, principalmente en el acceso a la educación o al mundo laboral.
Promover el “aborto como derecho” es un
retroceso como sociedad: resulta en la deshumanización de madres e hijos,
mediante la cosificación del niño/a para su eliminación y la cosificación de la
mujer, al invisibilizar sus reales necesidades en una sociedad construida por y
para hombres. No resulta en una respuesta digna a la realidad de las
problemáticas a combatir, enmarcándose finalmente como una solución-opción
patriarcal.
Por el contrario, no llegar a
"necesitar" un aborto es verdadero avance, libertad y empoderamiento
de las mujeres. Chile es un país con una sociedad civil que presta atención
integral a mujeres en conflicto con su maternidad y sus hijos, logrando lo que
todos decimos buscar: evitar que una mujer tenga que recurrir a un aborto. Así
lo ha mostrado, con programas tremendamente exitosos como el de Chile Unido
(Organización Civil). Este demostrado éxito de nuestro país en el ámbito social
se suma al éxito en el ámbito de salud, con los mejores indicadores de salud
materno-infantil de la región. En este sentido, Chile ha proporcionado sobrada
evidencia de que la legalización del aborto no es necesaria para la disminución
mortalidad materna ni el único camino para enfrentar el aborto clandestino ni
mucho menos una alternativa insustituible en beneficio de las mujeres. Pensamos
que sería irresponsable ignorar esta realidad objetiva para promover un avance
en sentido contrario.
Por esto, hacemos un llamado a esta Honorable
Comisión, a través suyo Sr. Presidente, a actuar en concordancia con la
Declaración de El Cairo de 1994, suscrita por Chile, que llama a “hacer todo lo
posible por eliminar la necesidad del aborto” mediante cambios legislativos que
potencien programas integrales que han tenido éxito en proveer soluciones a las
chilenas que viven un conflicto con su maternidad.
V.No
existe el derecho al aborto: ( INDH 2014: Lorena Fries)
Nos oponemos a una ley de aborto porque se ha
perdido de vista que el aborto como pretensión de ser un derecho tiene los
mismos fundamentos "empáticos" que los que fundamentaban el
infanticidio en otros tiempos. Pensar realmente en la libertad y bienestar de
la mujer implica abolir el aborto tal como se abolió el infanticidio.
Nos oponemos al aborto no porque pretendamos imponer una moral subjetiva o religiosa, sino porque nos oponemos a la violencia y a la imposición machista del aborto como mejora para la mujer.
Estamos aquí porque muchas de nosotras han atravesado por situaciones dolorosas en el embarazo, dolores tan grandes que a muchas les hizo pensar en un aborto.
Estamos aquí porque ninguna mujer debiera sufrir esa violencia, porque no podemos permitir que se banalicen las situaciones límites que enfrentamos legitimando la violencia del aborto como derecho. Estamos aquí por la vida de nuestros hijos/as.
Venimos a reivindicar que todos los seres humanos estén amparados en la convención de los derechos humanos y eso incluye al ser humano en etapa embrionaria o fetal.
Como país, hemos sido exitosos en muchas
iniciativas, pero aún queda camino por recorrer. Pensamos que, si se trata de
los derechos reproductivos de las mujeres chilenas, el mejor camino implica
desarraigar el paradigma actual de la maternidad en conflicto y sus estigmas,
mediante políticas públicas que nos permitan aportar a la sociedad sin que un
embarazo sea considerado como un obstáculo y un hijo/a un enemigo para la
mujer. Debemos generar soluciones para madre e hijo, sin invisibilizar
conveniente y arbitrariamente a uno de los dos.
Muchas gracias.
#Iquique
Rosario
Vidal
Presidenta
Movimiento de Mujeres Reivindica
Movimiento de Mujeres Reivindica
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