Claudia Pascual Grau, Ministra del
Servicio Nacional de la Mujer
Por
primera vez, después de 25 años, Chile se abre a discutir democráticamente la
posibilidad de que las mujeres interrumpan en forma voluntaria un embarazo cuando su vida se encuentre en peligro, cuando
exista inviabilidad fetal letal o cuando sea el resultado de la violencia
sexual.
Este
es un debate que el país quiere dar, más del 70% de las chilenas y chilenos
está de acuerdo con despenalizar la interrupción del embarazo en estas tres
causales, tal como lo indican diferentes estudios de opinión en el último año
(CEP, julio de 2014; Adimark, julio de 2014; Cadem, enero de 2015). En la Comisión
de Salud de la Cámara de Diputados fueron escuchados más de 68 expertas y
expertos, organizaciones de mujeres y de la sociedad civil, iglesias, gremios
profesionales y universidades, entre otros.
El
país merece un debate informado y con altura de miras sobre un tema que, sin
duda, interpela y alude a convicciones personales, pero sobre el que es
necesario establecer márgenes que aseguren el respeto a la voluntad y a los
derechos.
A
las realidades concretas del embarazo con riesgo vital de la mujer, con
inviabilidad fetal letal y producto de violación, aspira responder esta
legislación, que siendo el primer proyecto presentado por un gobierno espera hacerse
cargo dando la posibilidad de ofrecerle una alternativa a las mujeres que viven
estas dolorosas circunstancias.
En
este camino, ofrecer información oportuna y veraz en relación a cada una de las
opciones posibles, así como un acompañamiento adecuado sea cual sea la decisión
que la mujer tome, constituyen también una forma de acoger, proteger y resguardar
sus derechos, como también la posibilidad de diseñar políticas públicas que
aborden a cabalidad esta situaciones.
Esta
iniciativa legal, que sólo despenaliza en estas tres causales, se enmarca
dentro de un conjunto de esfuerzos del Estado de Chile, iniciados en la década
del 60, por impulsar políticas de salud sexual y reproductivas, que incluyen la
dictación de la Ley N°20.418 que garantiza la educación sexual y el acceso a
todos los mecanismos de regulación de la fertilidad disponibles para la
población, incluyendo la Píldora Anticonceptiva de Emergencia (PAE). Cabe
destacar que entre 1931 y 1989 el Código Sanitario contemplaba el aborto
terapéutico y era una prestación de salud ampliamente aceptada.
De
cara al debate en particular y a la presentación de indicaciones al proyecto,
es importante tener en cuenta que esta iniciativa legal en ningún caso obligará
a una mujer a interrumpir un embarazo, sino que solo le ofrecerá alternativas
que ella, conforme a sus principios y convicciones, será libre de ponderar.
Como
Gobierno sabemos que la ciudadanía seguirá con atención este debate y confiamos
en que el proceso legislativo en curso culminará con un proyecto fortalecido,
capaz de entregar protección, respuestas y certezas a las mujeres y a la
sociedad en su conjunto.
#Iquique
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