A casi
una semana de las celebraciones de Fiestas Patrias, la Cámara Nacional de
Comercio, Servicios y Turismo de Chile (CNC) envió a sus asociados un informativo
con el detalle de las normas relativas al
funcionamiento del comercio durante los días viernes 18 y sábado 19 de
septiembre.
De esta manera, la CNC –que a través de sus
cámaras regionales y binacionales, asociaciones especializadas y compañías
representa a cerca de 5.800 empresas– explicó que, por disposición del Código
del Trabajo sobre jornada de trabajo de los dependientes del comercio, los días
18 y 19 de septiembre, son feriados obligatorios e irrenunciables para los
trabajadores del sector.
De acuerdo al artículo 36 de Código del
Trabajo, el descanso de los trabajadores del comercio dependiente, debe
iniciarse a más tardar a las 21 horas
del día anterior al festivo y terminar a las 06.00 del día siguiente. La
excepción a esta ley son los locales atendidos por sus propios dueños y
aquellos que pertenezcan a los rubros de entretenimiento (restaurantes, clubes,
cines, casinos de juegos, entre otros),
expendio de combustibles y farmacias de urgencia o con turno fijado por
la autoridad sanitaria.
La CNC hizo un llamado a las personas a
programar sus compras los días previos, e instó a las empresas a cumplir con
esta normativa, que permitirá a los trabajadores celebrar y disfrutar de estas
fiestas.
El gremio recordó a sus asociados que el incumplimiento
de la normativa es sancionado con multa a beneficio fiscal de 5 UTM por cada
trabajador afectado si el empleador tuviere contratados hasta 49 trabajadores;
10 UTM por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratados de 50 a
199, y 20 UTM por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratados
a 200 o más dependientes.
#Iquique

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