El Seremi del Trabajo y Previsión Social de
Tarapacá, Jaime Hip Hidalgo, y el director regional de la Dirección del
Trabajo, Víctor Inostroza Flores, dieron a conocer el dictamen que determina como
feriado legal el próximo domingo 19 de junio, día en que el comercio deberá
cerrar sus puertas por motivo de las elecciones primarias.
“El
Dictamen N°3115/053 emanado por la DT anuncia que en el marco del proceso de
las elecciones primarias municipales se establece como feriado legal para los trabajadores
del comercio, lo que abarca a centros o complejos comerciales administrados
bajo una misma razón social o personalidad jurídica”, señaló el seremi del
Trabajo y Previsión Social, Jaime Hip Hidalgo, quien enfatizó que la norma
regirá en las comunas donde se efectúen primarias.
“Son 93
comunas a lo largo del país, destacando Iquique y Alto Hospicio por la
Provincia de Iquique, más Pozo Almonte como la única de las cinco pertenecientes
a la Provincia del Tamarugal, lo que quiere decir que la medida regirá en sólo
tres comunas de la Región de Tarapacá, por lo que se exceptúa del cierre legal
en favor del derecho de descanso de los trabajadores del comercio a las comunas
de Camiña, Colchane, Pica y Huara”, explicó la autoridad regional.
Por su
parte el director de la DT Víctor Inostroza expuso que el pronunciamiento legal
fue elaborado en respuesta a las consultas recibidas formalmente a fines de
mayo pasado, especialmente, respecto del alcance que tendía el feriado previsto
en el artículo N°169 de la Ley N°18.700. “La dirección nacional hizo consultas
al Servicio Electoral, Servel, el que respondió a través de su Oficio Ordinario
N°1436, donde queda establecido además que los trabajadores de aquellos centros
comerciales que cerrarán el 19 de junio no podrán ser trasladados ese día a
cumplir funciones a otros locales de la misma cadena situados en comunas donde
no regirá el feriado legal”.
Ello,
porque esa situación implicaría una modificación unilateral
de las estipulaciones esenciales del contrato de trabajo, lo que deriva en una
vulneración del feriado legal, cuya antijuridicidad inhabilita para el
ejercicio de la facultad contenida en el artículo 12 del Código del Trabajo.
Permisos
La DT
estableció además que los trabajadores de cualquier otro sector económico que
deban trabajar el domingo 19 de junio contarán con un permiso de dos horas para
concurrir a sufragar en las primarias. “Si es que así lo deciden”, acotó
Inostroza, quien sostuvo que dicho permiso legal no podrá ser descontado de las
remuneraciones del trabajador.
De igual
forma el director regional indicó que aquellos trabajadores que sean designados
vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados
de la Junta Electoral, podrán ejercer tales funciones, viéndose sus empleadores
obligados a otorgar los permisos correspondientes.
Sanciones
Las
autoridades de trabajo informaron que el día 19 de junio la DT mantendrá
habilitado en su sitio web www.direcciondeltrabajo.cl un banner para recibir
denuncias, lo que puede repercutir en multas que van desde las 8 a las 60 Unidades
Tributarias Mensuales, UTM, lo que significa desembolsar entre 365 mil pesos 0
2 millones 737 mil 980 pesos.
“No
otorgar los permisos necesarios al trabajador designado como vocal de mesa
durante elecciones supone multas que van desde las 9, 30 y hasta 40 UTM,
dependiendo de si la empresa tiene de 1 a 49, 50 a 199 o 200 y más
trabajadores, mientras que el hecho de no otorgar el feriado legal e
irrenunciable por elecciones primarias para elección de alcaldes castiga con 10
hasta 60 UTM”, expuso el director regional, quien argumentó que si los
empresarios no permitir ausentarse las dos horas de la jornada de trabajo para
ejercer el derecho a sufragio durante elecciones legales, arriesgan a recibir
multas que van desde las 8, 15 y hasta 20 UTM, dependiendo de si la empresa
tiene de 1 a 49, 50 a 199 o 200 y más trabajadores.
#Iquique
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