La Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET)
realizó una jornada de capacitación a Carabineros sobre la nueva normativa de
Sistemas de retención Infantil (SRI), que regirá a partir de marzo 2017, donde
los niños de hasta ocho años deberán ser transportados en sillas, butacas o
alzadores.
En
dependencias de la Primera Comisaría de Iquique, la Comisión Nacional de
Seguridad de Tránsito (CONASET), realizó una capacitación sobre la nueva
normativa de Sistemas de retención Infantil (SRI), para un centenar de
Carabineros de la región de Tarapacá y al equipo de inspectores del Programa
Nacional Fiscalización de la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones.
La
Capacitación inició con el saludo protocolar del Seremi de Transportes y
telecomunicaciones, Juan Carlos Cofré Reyes, quien destacó la constante y
estrecha relación y colaboración que existe entre Carabineros y el Ministerio
de Transportes y Telecomunicaciones, en especial en la región de Tarapacá, en
especial en temas de seguridad vial, realizando campañas para evitar que sigan
aumentando los accidentes de tránsito.
Esta
jornada estuvo a cargo de la secretaria ejecutiva de la CONASET, Gabriela
Rosende y de la profesional de la CONASET Marcela Espinosa, quien fue
certificada como experta nacional en la correcta instalación y buen uso de los
asientos de seguridad, asientos elevadores y cinturones de seguridad, por tres
agencias estadounidenses líderes en el mundo de la seguridad infantil en
Chicago, Estados Unidos, en septiembre del presente año.
En
la actividad participó el jefe de la Sección de Investigación de Accidentes del
Tránsito (SIAT) de Carabineros capitán Ricardo Sepúlveda.
NUEVA NORMATIVA
Con
el objeto de aumentar las exigencias en materia de seguridad para el traslado
de niños, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones apoyó una
iniciativa legal propuesta por diputados, que fue aprobada de manera
transversal como ley por el Congreso en enero pasado.
Esta
ley, la N°20.904, amplía la edad de traslado de niños en el asiento trasero
hasta los 12 años. Esta medida entró en vigencia a partir de la publicación de
esta ley en el Diario Oficial (16 de marzo de 2016) Se exceptúan de esta obligación
los vehículos de cabina simple.
La
ley también amplía la edad de uso de sistemas de retención infantil hasta los 8
años inclusive (al día de hoy niños menores de 4 años deben ser trasladados en
sillas), además de incorporar características de peso y talla (135 cm y 33 Kg).
Esta nueva exigencia entrará en vigencia en un año más, es decir, a partir de
marzo de 2017. Se exceptúan de esta obligación los servicios de transporte de
pasajeros en taxi, en cualquiera de sus modalidades. Un reglamento determinará
qué sistema de retención se aplicará para cada edad y peso.
Por
último, la iniciativa aumenta las sanciones por no llevar a un niño en sistema
de retención infantil, pasando de ser una falta grave a una gravísima
(equivalente a una multa aproximada entre 1,5 a 3 UTM (entre $66.000 y
$132.000), más la suspensión de licencia de conductor entre 5 y 45 días. Igual
multa tendrán aquellos conductores que trasladen a menores de 12 años en el
asiento del copiloto.
Hasta
el 16 de marzo del presente, la Ley de
Tránsito prohibía el traslado de menores de 8 años de edad en los asientos
delanteros de los vehículos.
Asimismo,
esta actividad se realizó en el marco de la campaña del Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones #MuéveteConResponsabilidad y la visita de la
CONASET a la región de Tarapacá durante esta semana.
¿Cuáles
son las modificaciones a la ley?
Aumento en la edad
de uso de los Sistema de Retención Infantiles: actualmente la ley
de tránsito indica que los niños/as deben ir en SRI hasta los 4 años. Con la
modificación la edad de uso de estos
sistemas, se amplía a los 8 años inclusive (esto incluye los meses que le
faltan para cumplir 9 años). Además, se incorpora la variable de peso y talla,
es decir, que tengas 135 cm y 33 kg
Los niños/as no podrán viajar en los asientos delanteros antes de los 12 años de edad.
Aumento de las sanciones: trasladar a los/as niños/as sin un sistema de
retención infantil o en el asiento delantero antes de los 12 años, será
considerado una falta gravísima, lo que significará una multa de 1,5 hasta 3
UTM (entre $67.700 y $135.500 aproximadamente) y suspensión de licencia entre 5
y 45 días.
¿Cuál
es la multa a la que me expongo?
El traslado de niños en el asiento delantero antes de los 12 años, será considerado una falta
gravísima, lo que significará una multa de 1,5 hasta 3 UTM (entre $67.700 y
$135.500 aproximadamente) y suspensión de licencia entre 5 y 45 días.
¿Cuándo
entran en vigencia estas medidas?
Los niños/as no podrán viajar en los asientos delanteros antes de los 12 años de edad: esta medida
entró en vigencia el 16 de marzo de
2016, fecha de la publicación de la Ley en el Diario Oficial.
Obligatoriedad de traslado de niños
en Sistemas de Retención Infantil (SRI) en los asientos traseros hasta
los 8 años inclusive: esta medida entrará en vigencia el 16 de marzo de 2017, 12
meses a partir de la fecha de
publicación en el Diario Oficial.
¿Cuál
es el valor de las multas?
Ambas faltas,
serán consideradas faltas gravísimas, lo que significará una multa de 1,5 hasta 3 UTM (entre $67.700 y
$135.500 aproximadamente) y suspensión de licencia de conductor entre 5 y 45
días.
¿La Ley
es retroactiva?
No, estas modificaciones no son retroactivas.
¿Esta
obligación rige para el transporte público y transporte escolar?
No, esta obligación no rige para este tipo de transportes
¿Cuál
es el sistema de retención infantil más adecuado para mi hijo/a?
El SRI más adecuado
para la edad, el peso y altura del niño y que esté anclado
correctamente al vehículo.
¿Todos los
sistemas de retención infantil se instalan de la misma manera?
No, de acuerdo a las características del niño
(talla, peso, edad) y las indicaciones fabricante del SRI, éstos se instalan
mirando hacia atrás o delante de acuerdo al sentido de la marcha. La recomendación es que los niños menores de
2 años vayan mirando siempre hacia atrás.
¿Existen sistemas de retención
infantil para niños más grandes?
Si, dentro de los sistemas disponibles se
encuentran las butacas y alzadores. Es muy recomendable que los niños/as se
trasladen en butacas, porque este tipo de sistemas, permite la protección de la
columna y cabeza del niño, evitando que en un impacto lateral, éste golpee su
cuerpo contra la carrocería del vehículo. Los alzadores por su parte, no
permiten esta protección ya que solo están diseñados para “levantar” al niño
y el cinturón de seguridad con que
cuenta el vehículo quede correctamente instalado.
¿Dónde
puedo obtener más información acerca del
traslado seguro de niños/as?
Para mayor información puede ingresar al
siguiente link:
#Iquique
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