La
Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET) asesoró a los padres que
visitaron el centro comercial sobre como instalar adecuadamente la silla de seguridad
para sus hijos. Asimismo pudieron informarse, realizar consultas y resolver sus
dudas sobre la nueva normativa de los Sistemas de Retención Infantil (SRI) para
vehículos, que a partir de marzo de 2017 exigirá su uso en niños de hasta 8
años inclusive.
Esta tarde de jueves desde las 17.30 horas en
Mall Plaza Iquique, el Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos
Cofré Reyes junto a la secretaria ejecutiva de la Comisión Nacional de
Seguridad de Tránsito (CONASET) Gabriela Rosende, encabezaron un punto de
asesoría en Sistemas de Retención Infantil (SRI).
En la actividad los padres pudieron llevar su
silla con su vehículo y silla combinada, alzador o butaca, silla convertible o
silla nido, el correcto anclaje e instalación para que sus niños viajen seguros
y salvar sus vidas en caso de accidentes de tránsito..
Asimismo, los profesionales de la CONASET y
de la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones respondió consultas, resolvió
dudas y entregó recomendaciones y folletería a la comunidad sobre la ley
N°20.904, que modificó la normativa relativa al transporte de menores en
vehículos livianos y que aumentó las sanciones para aquellos conductores que no
trasladen a los niños/as en asientos traseros o que no utilicen sistemas de
retención infantil.
“Acá lo importante es que los padres
entiendan que en Chile más del 60% de los niños que viajan en automóvil
particular como pasajeros sufrieron accidentes por más de una década. Y más de
1300 murieron. Por ende, la norma busa proteger a los niños en caso de un
accidente de tránsito”, detalló la secretaria Ejecutiva de Conaset.
“Dar cumplimiento a ley no es por el riesgo a
la multa que se puede cursar, tiene que ver con el objetivo principal que es,
proteger la salud y la integridad de los niños, para que no se vean expuestos
al riesgo de sufrir lesiones o de ser proyectados ante una colisión, por tanto,
los niños deben usar sillas o alzadores adecuados atendiendo su edad, peso y
tamaño”, destacó Gabriela Rosende.
Por su parte el Seremi destacó la importancia
de estas instancias de difusión de la nueva normativa que busca evitar niños
lesionados y víctimas fatales en accidentes de tránsito.
El Seremi de Transportes y
Telecomunicaciones, Juan Carlos Cofré Reyes, junto a la secretaria ejecutiva de
la CONASET, Gabriela Rosende, junto a profesionales difundieron los principales
contenidos de esta nueva ley que exige el uso de los Sistemas de Retención
Infantil (SRI) hasta los 8 años inclusive.
Además explicaron las exigencias para los
fabricantes, comercializadores y distribuidores de Sistemas de Retención
Infantil (SRI) que se vendan en el país.
Esta actividad contó con el apoyo de
trabajadores de la importadora Wu & Wu, la cual comercializa SRI de
diferentes tipos, marcas y modelos, a través de sus tiendas Baby Infanti Store
(local 238, segundo piso Mall Plaza Iquique) e Infanti (módulo N°1152, primer
piso, etapa IV, Mall Zofri), quienes exhibieron las diferentes modalidades de
sillas nido/huevo, silla con arnés y butaca, alzador y transformables, además
de enseñar el correcto anclaje y uso de ellas en los vehículos.
CAMBIOS
LEGISLATIVOS
Con el objeto de aumentar las exigencias en
materia de seguridad para el traslado de niños, el Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones apoyó una iniciativa legal propuesta por diputados, que fue
aprobada de manera transversal como ley por el Congreso en enero pasado.
Esta ley, la N°20.904, amplía la edad de
traslado de niños en el asiento trasero hasta los 12 años. Esta medida entró en
vigencia a partir de la publicación de esta ley en el Diario Oficial (16 de
marzo de 2016) Se exceptúan de esta obligación los vehículos de cabina simple.
La ley también amplía la edad de uso de
sistemas de retención infantil hasta los 8 años inclusive (al día de hoy niños
menores de 4 años deben ser trasladados en sillas), además de incorporar
características de peso y talla (135 cm y 33 Kg). Esta nueva exigencia entrará
en vigencia en un año más, es decir, a partir de marzo de 2017. Se exceptúan de
esta obligación los servicios de transporte de pasajeros en taxi, en cualquiera
de sus modalidades. Un reglamento determinará qué sistema de retención se
aplicará para cada edad y peso.
Por último, la iniciativa aumenta las
sanciones por no llevar a un niño en sistema de retención infantil, pasando de
ser una falta grave a una gravísima (equivalente a una multa aproximada entre
1,5 a 3 UTM (entre $66.000 y $132.000), más la suspensión de licencia de
conductor entre 5 y 45 días. Igual multa tendrán aquellos conductores que
trasladen a menores de 12 años en el asiento del copiloto.
Hasta el 16 de marzo del presente, la Ley de Tránsito prohibía el traslado de
menores de 8 años de edad en los asientos delanteros de los vehículos.
ACREDITACIÓN
DE SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL
En mayo del año 2016 entró en vigencia un
nuevo decreto que hace obligatorio que todas las sillas de niños que se
comercialicen en Chile cumplan con las normativas de seguridad vigentes en
Europa y Estados Unidos. Esto garantiza que los sistemas de retención infantil
hayan sido sometidos a ensayos de comportamiento ante impactos, así como a
pruebas de volcamiento, resistencia de los broches del arnés, seguridad ante
rotación y pruebas de inflamabilidad del material.
La Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito
(Conaset) dio a conocer las nuevas medidas que deben tomar las empresas al
momento de comercializar las sillas infantiles para vehículos.
El cambio -que entró en vigencia por decreto
desde mayo de 2016- implica una actualización de la normativa en el país, con
el fin de adecuarlas con aquellas presentes en Europa y Estados Unidos.
Al momento de comprar uno de estas sillas,
estas deberán contener los siguientes anuncios de forma obligatoria,
dependiendo si es americana o europea:
EUROPEA
-
Nombre
y/o marca del fabricante
-
Normativa
de homologación
-
Categoría
del dispositivo
-
Peso
del bebé a la que está dirigida la silla
-
La
presencia de la "E" -por
Europa- y el número por el país en donde se efectuó la homologación
-
Número
de homologación y número de serie
-
Además, el sistema europeo también clasifica al menor
de acuerdo a su altura, siendo este reglamento el ECE R129 / i-Size.
ESTADOUNIDENSE
En cuanto al sello de certificación
norteamericana, la ciudadanía debe exigir al vendedor el certificado de la
norma FMVSS213.
NUEVA
ETIQUETA
Asimismo, con la nueva regla, las sillas
deberán contar con una etiqueta amarilla, con letras negras y que mida 9,5
centímetros de alto por 7,5 centímetros de ancho.
Dentro de ella, deben ir los siguientes
código de acuerdo a la imagen:
-
3CV:
Centro de Control y Certificación Vehicular del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones
-
ASN:
Acreditación silla de niños
-
XX:
Marca del fabricante
-
XXX:
Modelo de la silla
-
2015:
Año de acreditación
-
000:
Número correlativo de acreditación
Para saber cuáles son las marcas y modelos
que sí han sido aprobadas por la nueva ley visita la página http://www.conaset.cl/sistemas-retencion-infantil/
#Iquique
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