sábado, noviembre 19, 2016

CONASET realizó punto de asesoría en sistemas de retención infantil (SRI) en Mall Plaza Iquique

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La Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET) asesoró a los padres que visitaron el centro comercial sobre como instalar adecuadamente la silla de seguridad para sus hijos. Asimismo pudieron informarse, realizar consultas y resolver sus dudas sobre la nueva normativa de los Sistemas de Retención Infantil (SRI) para vehículos, que a partir de marzo de 2017 exigirá su uso en niños de hasta 8 años inclusive.

Esta tarde de jueves desde las 17.30 horas en Mall Plaza Iquique, el Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Cofré Reyes junto a la secretaria ejecutiva de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET) Gabriela Rosende, encabezaron un punto de asesoría en Sistemas de Retención Infantil (SRI).

En la actividad los padres pudieron llevar su silla con su vehículo y silla combinada, alzador o butaca, silla convertible o silla nido, el correcto anclaje e instalación para que sus niños viajen seguros y salvar sus vidas en caso de accidentes de tránsito..

Asimismo, los profesionales de la CONASET y de la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones respondió consultas, resolvió dudas y entregó recomendaciones y folletería a la comunidad sobre la ley N°20.904, que modificó la normativa relativa al transporte de menores en vehículos livianos y que aumentó las sanciones para aquellos conductores que no trasladen a los niños/as en asientos traseros o que no utilicen sistemas de retención infantil.

“Acá lo importante es que los padres entiendan que en Chile más del 60% de los niños que viajan en automóvil particular como pasajeros sufrieron accidentes por más de una década. Y más de 1300 murieron. Por ende, la norma busa proteger a los niños en caso de un accidente de tránsito”, detalló la secretaria Ejecutiva de Conaset.

“Dar cumplimiento a ley no es por el riesgo a la multa que se puede cursar, tiene que ver con el objetivo principal que es, proteger la salud y la integridad de los niños, para que no se vean expuestos al riesgo de sufrir lesiones o de ser proyectados ante una colisión, por tanto, los niños deben usar sillas o alzadores adecuados atendiendo su edad, peso y tamaño”, destacó Gabriela Rosende.

Por su parte el Seremi destacó la importancia de estas instancias de difusión de la nueva normativa que busca evitar niños lesionados y víctimas fatales en accidentes de tránsito.

El Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Cofré Reyes, junto a la secretaria ejecutiva de la CONASET, Gabriela Rosende, junto a profesionales difundieron los principales contenidos de esta nueva ley que exige el uso de los Sistemas de Retención Infantil (SRI) hasta los 8 años inclusive.

Además explicaron las exigencias para los fabricantes, comercializadores y distribuidores de Sistemas de Retención Infantil (SRI) que se vendan en el país.

Esta actividad contó con el apoyo de trabajadores de la importadora Wu & Wu, la cual comercializa SRI de diferentes tipos, marcas y modelos, a través de sus tiendas Baby Infanti Store (local 238, segundo piso Mall Plaza Iquique) e Infanti (módulo N°1152, primer piso, etapa IV, Mall Zofri), quienes exhibieron las diferentes modalidades de sillas nido/huevo, silla con arnés y butaca, alzador y transformables, además de enseñar el correcto anclaje y uso de ellas en los vehículos.

CAMBIOS LEGISLATIVOS
Con el objeto de aumentar las exigencias en materia de seguridad para el traslado de niños, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones apoyó una iniciativa legal propuesta por diputados, que fue aprobada de manera transversal como ley por el Congreso en enero pasado.

Esta ley, la N°20.904, amplía la edad de traslado de niños en el asiento trasero hasta los 12 años. Esta medida entró en vigencia a partir de la publicación de esta ley en el Diario Oficial (16 de marzo de 2016) Se exceptúan de esta obligación los vehículos de cabina simple.

La ley también amplía la edad de uso de sistemas de retención infantil hasta los 8 años inclusive (al día de hoy niños menores de 4 años deben ser trasladados en sillas), además de incorporar características de peso y talla (135 cm y 33 Kg). Esta nueva exigencia entrará en vigencia en un año más, es decir, a partir de marzo de 2017. Se exceptúan de esta obligación los servicios de transporte de pasajeros en taxi, en cualquiera de sus modalidades. Un reglamento determinará qué sistema de retención se aplicará para cada edad y peso.

Por último, la iniciativa aumenta las sanciones por no llevar a un niño en sistema de retención infantil, pasando de ser una falta grave a una gravísima (equivalente a una multa aproximada entre 1,5 a 3 UTM (entre $66.000 y $132.000), más la suspensión de licencia de conductor entre 5 y 45 días. Igual multa tendrán aquellos conductores que trasladen a menores de 12 años en el asiento del copiloto.

Hasta el 16 de marzo del presente,  la Ley de Tránsito prohibía el traslado de menores de 8 años de edad en los asientos delanteros de los vehículos.

ACREDITACIÓN DE SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL
En mayo del año 2016 entró en vigencia un nuevo decreto que hace obligatorio que todas las sillas de niños que se comercialicen en Chile cumplan con las normativas de seguridad vigentes en Europa y Estados Unidos. Esto garantiza que los sistemas de retención infantil hayan sido sometidos a ensayos de comportamiento ante impactos, así como a pruebas de volcamiento, resistencia de los broches del arnés, seguridad ante rotación y pruebas de inflamabilidad del material.

La Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset) dio a conocer las nuevas medidas que deben tomar las empresas al momento de comercializar las sillas infantiles para vehículos.

El cambio -que entró en vigencia por decreto desde mayo de 2016- implica una actualización de la normativa en el país, con el fin de adecuarlas con aquellas presentes en Europa y Estados Unidos.

Al momento de comprar uno de estas sillas, estas deberán contener los siguientes anuncios de forma obligatoria, dependiendo si es americana o europea:

EUROPEA
-       Nombre y/o marca del fabricante
-       Normativa de homologación
-       Categoría del dispositivo
-       Peso del bebé a la que está dirigida la silla
-       La presencia  de la "E" -por Europa- y el número por el país en donde se efectuó la homologación
-       Número de homologación y número de serie
-       Además,  el sistema europeo también clasifica al menor de acuerdo a su altura, siendo este reglamento el ECE R129 / i-Size.

ESTADOUNIDENSE
En cuanto al sello de certificación norteamericana, la ciudadanía debe exigir al vendedor el certificado de la norma FMVSS213.

NUEVA ETIQUETA
Asimismo, con la nueva regla, las sillas deberán contar con una etiqueta amarilla, con letras negras y que mida 9,5 centímetros de alto por 7,5 centímetros de ancho.

Dentro de ella, deben ir los siguientes código de acuerdo a la imagen:
-       3CV: Centro de Control y Certificación Vehicular del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
-       ASN: Acreditación silla de niños
-       XX: Marca del fabricante
-       XXX: Modelo de la silla
-       2015: Año de acreditación
-       000: Número correlativo de acreditación

Para saber cuáles son las marcas y modelos que sí han sido aprobadas por la nueva ley visita la página http://www.conaset.cl/sistemas-retencion-infantil/
#Iquique

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