SUPERMERCADOS JUMBO
Y UNIMARC DE RANCAGUA DEBEN INDEMINZAR A CONSUMIDORES VULNERADOS EN SUS
DERECHOS
Juzgado
de Policía Local sancionó al supermercado Unimarc por abusos cometidos por los
guardias de seguridad al acusar de supuesta sustracción a consumidora que
compraba en el local, lo que resultó ser falso. Tras denuncia SERNAC
El
mismo tribunal acogió la demanda civil por discriminación arbitraria hacia una
persona con discapacidad física, cuando quiso usar caja preferencial en el
Jumbo.
Un millón de pesos de
indemnización deberá pagar Supermercados Unimarc a una consumidora, que fue
retenida por los guardias de seguridad de ese local por un supuesto robo, lo
que resultó ser falso. Asimismo, el Primer Juzgado de Policía Local condenó a
Cencosud Retails S.A. a pagar más de 500 mil pesos a un consumidor afectado,
por daño moral.
Ambas demandas civiles
acogidas por los Tribunales de Justicia y denunciadas por SERNAC configuran infracciones
a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC).
En el caso de Supermercados
Unimarc, la denunciante señala que luego de cancelar y antes de dirigirse a la
salida, un guardia se le acercó y la retuvo, acusándola de no pagar una serie
de productos que tenía en su cartera, lo que resultó ser falso.
Ante esta situación, la
consumidora decidió interponer un reclamo al SERNAC tras no obtener una
respuesta positiva por parte de la empresa. Tras revisar los antecedentes del
caso, el juzgado condenó a Unimarc a pagar una indemnización de un $1
millón de pesos a la consumidora afectada. Además le aplicó una multa de 20
U.T.M. ($923.660) por haber infringido la LPC.
Algo similar ocurrió con
Jumbo, cuando una persona con discapacidad física en un 45% de su cuerpo, quiso
utilizar la caja preferencial del local y fue mal atendida por una cajera que
cuestionó su estado. Tras el hecho, el denunciante le mostró su carnet de
discapacidad. Al hablar con el encargado de local, la empresa no ofreció
disculpas ni compensación.
Esta acción judicial fue
presentada por el SERNAC ante el mismo Juzgado de Policía Local de Rancagua, el
cual acogió la denuncia y demanda civil, condenando a pagar una indemnización
de 500 mil pesos para el afectado y una multa de 5 UTM.
Ernesto Muñoz, Director del
SERNAC, señaló que este tipo de sentencias son las que avalan nuestro trabajo: “los consumidores tienen derecho a recibir servicios de calidad y también a
recibir un trato digno, adecuado y respetuoso. Cuando un consumidor sufre un mal trato de parte de un
dependiente estamos ante una situación grave, pues no sólo se ve afectada la
entrega de un servicio, sino que se vulnera la dignidad de la persona”, acotó. Y
es que, los establecimientos comerciales, están especialmente obligados a
respetar la dignidad y derechos de las personas.
Además explicó que en caso
de ser injustamente acusados, los consumidores deben exigir la presencia de la
autoridad policial, a fin de que se inicie el procedimiento que pueda
determinar la eventual existencia de un ilícito. Las empresas deben hacerse
cargo de sus errores.
Es importante
recordar que la Ley indica que todos los consumidores somos iguales ante la
justicia, lo que significa en materia de consumo, que tenemos derecho a no ser
discriminados arbitrariamente por las empresas de bienes y servicios ya sea por
sexo, raza, condición social, edad, aspecto físico o por poseer alguna
discapacidad, entre otras causas.
Si vas a viajar por tierra o por aire, considera estas
sugerencias. ¡Llegaron las vacaciones!
Es un hecho que con la llegada del nuevo año, muchas
familias optan por tomar vacaciones. Es por esto que aquí entregamos
importantes consejos para no desperdiciar ningún día.
Por esto, el Director Regional del SERNAC, José Luis
Aguilera, recordó que los pasajeros tanto de buses como de aviones, tienen derecho
a un servicio de calidad y con las medidas de seguridad al día. Es muy
importante que “las condiciones acordadas u ofrecidas tanto para las líneas
aéreas, como para las de transporte terrestre, se cumplan,” puntualizó.
¿Si viajo en bus?
Los pasajeros de buses interurbanos tienen derecho a calidad en el servicio, lo que
implica, que sean empresas formales. Por ejemplo, si los consumidores viajan en
“buses piratas”, probablemente no cuentan ni con la calidad técnica ni humana
para dar un buen servicio, pudiendo arriesgar incluso su seguridad. A ser
transportados en condiciones de seguridad, a las velocidades autorizadas, con
los valores acordados y a que las empresas tomen todas las medidas para que no
sufran daños, tanto los pasajeros como sus bienes.
Las condiciones convenidas deben ser respetadas. Por
ejemplo, los pasajeros deben exigir puntualidad, tanto para las horas de
partida como de llegada a los lugares de destino, y que se cumpla el
itinerario.
Que exista coherencia entre lo ofertado y lo real
(baños, TV, desayuno, salón cama, puntualidad horaria), así como no ser víctima
de sobreventa de pasajes y ser indemnizado o reparado si esto ocurre.
La empresa está obligada a devolver, al menos el 85%
del valor de su pasaje, si el consumidor lo anula con 4 o más horas de anticipación.
En este sentido, los pasajeros, como cualquier consumidor, también tienen
derecho a exigir las indemnizaciones por todos los daños sufridos por
incumplimiento de las empresas.
En el caso del equipaje, los consumidores tienen
derecho a que éste llegue a destino en buenas condiciones, tal como lo señala
la Justicia. Si la empresa extravía su equipaje, deberá indemnizarlo con hasta
5 UTM (alrededor de $230 mil), según el Decreto 212 del Ministerio de
Transportes.
Si el consumidor ha tenido la precaución de declarar
el valor de lo transportado, la empresa deberá responder por el total de la
pérdida. Para esto, debe solicitar el formulario de declaración de equipaje, el
cual debe estar disponible en los locales de venta de pasajes. No obstante, los
consumidores siempre tendrán derecho de ir a Tribunales para exigir las
indemnizaciones por todo el daño causado.
En caso de algún incumplimiento o infracción, el
consumidor debe acercarse a la empresa, si ésta no responde o no proporciona
una respuesta satisfactoria, puede presentar su reclamo en www.sernac.cl o en
las oficinas del Sernac en las capitales regionales. Las consultas las pueden
hacer al 600 594 6000.
¿Y si viajo en avión?
Los consumidores deben saber que cuando contratan este
tipo de servicios, las empresas siempre deben ser profesionales y entregar un
servicio con estándares de calidad y respetando los derechos de los
consumidores.
Esto significa que las aerolíneas deben respetar las
condiciones ofrecidas y acordadas, esto es que el vuelo salga a las horas
comprometidas, se cumpla el servicio a bordo ofrecido, se respete el precio
informado y se entregue información veraz y oportuna, entre otros.
Si por condiciones climáticas, de seguridad o fuerza
mayor se suspende o se atrasa un viaje, el consumidor tiene derecho de dejar
sin efecto el pasaje o acordar con la línea aérea, el cambio de fecha en el
vuelo. No obstante, es la Dirección Aeronáutica Civil quien finalmente, tendrá
que determinar si el atraso se debió a razones justificadas o no.
En casos de fuerza mayor:
Cuando se posterga o se suspende un viaje por
condiciones climáticas de fuerza mayor, los pasajeros deben hacer valer sus
derechos como consumidor y la empresa debe responder con el fin de dejar sin
efecto el pasaje.
El consumidor puede solicitar la devolución del dinero
del pasaje y/o convenir con la línea aérea en: seguir con el viaje con la
demora prevista, cambiar de línea aérea bajo las mismas condiciones contratadas
u otras condiciones, que se pacten de común acuerdo.
Respecto a la cancelación de un vuelo, cuando es
responsabilidad directa de la aerolínea, los consumidores pueden exigir los
derechos de asistencia al pasajero que son:
• Embarcar en el siguiente vuelo que tenga disponible
el transportador, o en un transporte alternativo, si es que decidiera persistir
en el contrato de transporte aéreo; ya sea que el vuelo aún no se hubiere
iniciado o se hubiere iniciado y se encuentre en una escala y/o conexión;
• Prestaciones asistenciales, como acceso a servicios
de telefonía, alimentación, alojamiento, transporte; entre otras;
• Indemnización, en caso de que el retraso sea
superior a 3 horas.
Para conocer en detalle todos los derechos y deberes
de los pasajeros, así como realizar reclamos, se encuentra disponible una
aplicación móvil “pasajero aéreo”, la cual se puede descargar en forma gratuita
al celular o tablet.
#Iquique
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