miércoles, enero 04, 2017

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SUPERMERCADOS JUMBO Y UNIMARC DE RANCAGUA DEBEN INDEMINZAR A CONSUMIDORES VULNERADOS EN SUS DERECHOS

 
Juzgado de Policía Local sancionó al supermercado Unimarc por abusos cometidos por los guardias de seguridad al acusar de supuesta sustracción a consumidora que compraba en el local, lo que resultó ser falso. Tras denuncia SERNAC

El mismo tribunal acogió la demanda civil por discriminación arbitraria hacia una persona con discapacidad física, cuando quiso usar caja preferencial en el Jumbo.

Un millón de pesos de indemnización deberá pagar Supermercados Unimarc a una consumidora, que fue retenida por los guardias de seguridad de ese local por un supuesto robo, lo que resultó ser falso. Asimismo, el Primer Juzgado de Policía Local condenó a Cencosud Retails S.A. a pagar más de 500 mil pesos a un consumidor afectado, por daño moral.

Ambas demandas civiles acogidas por los Tribunales de Justicia y denunciadas por SERNAC configuran infracciones a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC).

En el caso de Supermercados Unimarc, la denunciante señala que luego de cancelar y antes de dirigirse a la salida, un guardia se le acercó y la retuvo, acusándola de no pagar una serie de productos que tenía en su cartera, lo que resultó ser falso.

Ante esta situación, la consumidora decidió interponer un reclamo al SERNAC tras no obtener una respuesta positiva por parte de la empresa. Tras revisar los antecedentes del caso, el juzgado condenó a Unimarc a  pagar una indemnización de un $1 millón de pesos a la consumidora afectada. Además le aplicó una multa de 20 U.T.M. ($923.660) por haber infringido la LPC.

Algo similar ocurrió con Jumbo, cuando una persona con discapacidad física en un 45% de su cuerpo, quiso utilizar la caja preferencial del local y fue mal atendida por una cajera que cuestionó su estado. Tras el hecho, el denunciante le mostró su carnet de discapacidad. Al hablar con el encargado de local, la empresa no ofreció disculpas ni compensación.

Esta acción judicial fue presentada por el SERNAC ante el mismo Juzgado de Policía Local de Rancagua, el cual acogió la denuncia y demanda civil, condenando a pagar una indemnización de 500 mil pesos para el afectado y una multa de 5 UTM.

Ernesto Muñoz, Director del SERNAC, señaló que este tipo de sentencias son las que avalan nuestro trabajo: “los consumidores tienen derecho a recibir servicios de calidad y también a recibir un trato digno, adecuado y respetuoso. Cuando un consumidor sufre un mal trato de parte de un dependiente estamos ante una situación grave, pues no sólo se ve afectada la entrega de un servicio, sino que se vulnera la dignidad de la persona”, acotó. Y es que, los establecimientos comerciales, están especialmente obligados a respetar la dignidad y derechos de las personas.

Además explicó que en caso de ser injustamente acusados, los consumidores deben exigir la presencia de la autoridad policial, a fin de que se inicie el procedimiento que pueda determinar la eventual existencia de un ilícito. Las empresas deben hacerse cargo de sus errores.  

Es importante recordar que la Ley indica que todos los consumidores somos iguales ante la justicia, lo que significa en materia de consumo, que tenemos derecho a no ser discriminados arbitrariamente por las empresas de bienes y servicios ya sea por sexo, raza, condición social, edad, aspecto físico o por poseer alguna discapacidad, entre otras causas.

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Por esto, el Director Regional del SERNAC, José Luis Aguilera, recordó que los pasajeros tanto de buses como de aviones, tienen derecho a un servicio de calidad y con las medidas de seguridad al día. Es muy importante que “las condiciones acordadas u ofrecidas tanto para las líneas aéreas, como para las de transporte terrestre, se cumplan,” puntualizó.

¿Si viajo en bus?
Los pasajeros de buses interurbanos tienen derecho a calidad en el servicio, lo que implica, que sean empresas formales. Por ejemplo, si los consumidores viajan en “buses piratas”, probablemente no cuentan ni con la calidad técnica ni humana para dar un buen servicio, pudiendo arriesgar incluso su seguridad. A ser transportados en condiciones de seguridad, a las velocidades autorizadas, con los valores acordados y a que las empresas tomen todas las medidas para que no sufran daños, tanto los pasajeros como sus bienes.

Las condiciones convenidas deben ser respetadas. Por ejemplo, los pasajeros deben exigir puntualidad, tanto para las horas de partida como de llegada a los lugares de destino, y que se cumpla el itinerario.

Que exista coherencia entre lo ofertado y lo real (baños, TV, desayuno, salón cama, puntualidad horaria), así como no ser víctima de sobreventa de pasajes y ser indemnizado o reparado si esto ocurre.

La empresa está obligada a devolver, al menos el 85% del valor de su pasaje, si el consumidor lo anula con 4 o más horas de anticipación. En este sentido, los pasajeros, como cualquier consumidor, también tienen derecho a exigir las indemnizaciones por todos los daños sufridos por incumplimiento de las empresas.

En el caso del equipaje, los consumidores tienen derecho a que éste llegue a destino en buenas condiciones, tal como lo señala la Justicia. Si la empresa extravía su equipaje, deberá indemnizarlo con hasta 5 UTM (alrededor de $230 mil), según el Decreto 212 del Ministerio de Transportes.

Si el consumidor ha tenido la precaución de declarar el valor de lo transportado, la empresa deberá responder por el total de la pérdida. Para esto, debe solicitar el formulario de declaración de equipaje, el cual debe estar disponible en los locales de venta de pasajes. No obstante, los consumidores siempre tendrán derecho de ir a Tribunales para exigir las indemnizaciones por todo el daño causado.

En caso de algún incumplimiento o infracción, el consumidor debe acercarse a la empresa, si ésta no responde o no proporciona una respuesta satisfactoria, puede presentar su reclamo en www.sernac.cl o en las oficinas del Sernac en las capitales regionales. Las consultas las pueden hacer al 600 594 6000.





¿Y si viajo en avión?
Los consumidores deben saber que cuando contratan este tipo de servicios, las empresas siempre deben ser profesionales y entregar un servicio con estándares de calidad y respetando los derechos de los consumidores.

Esto significa que las aerolíneas deben respetar las condiciones ofrecidas y acordadas, esto es que el vuelo salga a las horas comprometidas, se cumpla el servicio a bordo ofrecido, se respete el precio informado y se entregue información veraz y oportuna, entre otros.

Si por condiciones climáticas, de seguridad o fuerza mayor se suspende o se atrasa un viaje, el consumidor tiene derecho de dejar sin efecto el pasaje o acordar con la línea aérea, el cambio de fecha en el vuelo. No obstante, es la Dirección Aeronáutica Civil quien finalmente, tendrá que determinar si el atraso se debió a razones justificadas o no.

En casos de fuerza mayor:
Cuando se posterga o se suspende un viaje por condiciones climáticas de fuerza mayor, los pasajeros deben hacer valer sus derechos como consumidor y la empresa debe responder con el fin de dejar sin efecto el pasaje.

El consumidor puede solicitar la devolución del dinero del pasaje y/o convenir con la línea aérea en: seguir con el viaje con la demora prevista, cambiar de línea aérea bajo las mismas condiciones contratadas u otras condiciones, que se pacten de común acuerdo.

Respecto a la cancelación de un vuelo, cuando es responsabilidad directa de la aerolínea, los consumidores pueden exigir los derechos de asistencia al pasajero que son:

• Embarcar en el siguiente vuelo que tenga disponible el transportador, o en un transporte alternativo, si es que decidiera persistir en el contrato de transporte aéreo; ya sea que el vuelo aún no se hubiere iniciado o se hubiere iniciado y se encuentre en una escala y/o conexión;
• Prestaciones asistenciales, como acceso a servicios de telefonía, alimentación, alojamiento, transporte; entre otras;
• Indemnización, en caso de que el retraso sea superior a 3 horas.

Para conocer en detalle todos los derechos y deberes de los pasajeros, así como realizar reclamos, se encuentra disponible una aplicación móvil “pasajero aéreo”, la cual se puede descargar en forma gratuita al celular o  tablet.
#Iquique

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