La
investigación se realizó entre septiembre y octubre del año 2016 y tuvo como propósito
vigilar el cumplimiento de la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de
los Consumidores en materia publicitaria de productos adelgazantes.
Farmacias Ahumada, www.chilesuplementos.cl, www.garcinia.cl, www.slimparches.cl, www.gonutrition.cl, www.gnc.cl, www.suples.cl, fueron denunciadas
por comercializar productos bajo el nombre de “quemadores de grasa”.
El SERNAC denunció a Farmacias
Ahumada, www.chilesuplementos.cl, www.garcinia.cl, www.slimparches.cl, www.gonutrition.cl, www.gnc.cl, www.suples.cl, por infringir la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores
(LPC), luego de detectar que varios productos adelgazantes publicitados,
vulneran los derechos a la seguridad en el consumo y a la información veraz y
oportuna, induciendo a error o engaño a los consumidores.
En particular, SERNAC
detectó que estos proveedores anuncian y comercializan productos bajo el nombre
de “quemadores de grasa”, pese a no contar con el Registro Sanitario del
Instituto de Salud Pública (ISP), lo que significa que no han demostrado su
seguridad y eficacia, por lo que esta característica promocionada, “no corresponde a una acción farmacológica
reconocida o que presente utilidad terapéutica concreta”, según el estudio.
El Servicio, además, ofició
a Farmacias Cruz Verde, Salcobrand y a otros 5 proveedores a quienes solicitó
comprobar la información de ciertos productos que tendrían entre sus beneficios
la disminución de peso.
Asimismo, la información
difundida en relación a productos “quemadores de grasa” por otros 3 proveedores,
serán puestos a disposición del Instituto de Salud Pública (ISP), dada la falta
de información de la identidad de las empresas.
El Director Regional
Metropolitano, Juan Carlos Luengo, sostuvo que “detectamos que la publicidad de
productos supuestamente adelgazantes, inducen a error o engaño a los
consumidores en relación a sus beneficios y/o efectos terapéuticos. Si constatamos
que alguna empresa no es capaz de comprobar sus promesas, tomaremos las
acciones necesarias como ya lo hemos hecho en otras oportunidades”.
La autoridad señaló además
que “es importante que los consumidores siempre evalúen críticamente la
publicidad y no se tienten con promesas que parecen demasiado buenas para ser
verdad”.
Para este estudio realizado
por el Servicio durante el segundo semestre del año 2016, se analizaron 15 piezas publicitarias, 12 de ellas difundidas en
medios de prensa escritos y 3 en televisión abierta, además de 11 en páginas
web.
El propósito fue analizar
la publicidad en este mercado, a fin de fortalecer la transparencia y calidad
de la información que se entrega a los consumidores, para que estos puedan
tomar decisiones informadas en el proceso de adquisición de estos productos.
59,3% de la publicidad analizada
presentó, en términos generales, falta de información veraz y oportuna sobre la
naturaleza, eficacia y seguridad del producto anunciado y/o difusión de
información que es necesario comprobar.
Además, se constató que la
mayoría de los productos analizados se publicitan bajo la denominación “quemadores
de grasa”, sin contar con el Registro Sanitario respectivo, lo que significa
que no han demostrado su eficacia y seguridad.
Recomendaciones
• Siempre lea y siga las instrucciones de uso y advertencias del
producto, especialmente si se trata de adelgazantes que se deban ingerir.
Cualquier irregularidad en el registro o autorización de venta debe ser
denunciada al ISP (http://www.ispch.cl/) que
es el organismo encargado de fiscalizar en esta materia, o acuda al SERNAC si ve
que se está cometiendo una posible infracción a la Ley del Consumidor, por
ejemplo, en materia de publicidad o derecho a retracto.
• Es su derecho que la información que se consigne en los
productos o en su publicidad, sea posible de comprobar y no lo induzca a engaño
como consumidor.
• La empresa debe informar de cualquier potencial riesgo y
entregar las indicaciones necesarias para un uso seguro de los productos.
• En compras hechas a distancia (teléfono, Internet,
catálogos etc.), el consumidor tiene un plazo de 10 días para retractarse desde
que recibió el producto. Si la empresa no envía una confirmación escrita del
contrato, el plazo de retracto se extiende a 90 días.
Empresas
denunciadas:
• Farmacias Ahumada.
Empresas
oficiadas:
• Farmacias
Cruz Verde: producto “Aceite de Coco”.
• Farmacias
Salcobrand: producto Slim UP.
• www.gnc.cl: productos Chitosan con
Glucamman; Lean Shake; Thermo CLA; Premium CLA Complex; y, Extrem Lean.
• www.slimrings.cl: producto Slim Rings.
• Swiss
Nature Labs: producto ADELNATUR.
Antecedentes
al ISP:
Si usted tiene dudas sobre un producto, puede verificar
su registro en:
#Iquique
No hay comentarios.:
Publicar un comentario