¿Renegoció deuda con ABCDIN entre 2007 y 2012? Afectados deben concurrir
a cualquiera de las tiendas abcdin para cobrar indemnización que puede llegar a
30 mil pesos.
Se trata de 4 grupos de consumidores,
quienes recibirán montos que van desde los $3 mil a los $30 mil pesos.
Para poder cobrar dichos
montos, los beneficiarios deben acercarse a partir del 31 de marzo, a cualquiera
de las sucursales de la tienda con su carnet de identidad.
Esta indemnización
corresponde a una sentencia favorable lograda por el SERNAC, tras una demanda
colectiva en contra de la administradora de la tarjeta ABCDIN, por mantener en
los registros de Morosidades y Protestos, por ejemplo DICOM, a consumidores,
pese a que habían renegociado sus deudas.
Entre $3 mil y $30 mil son
los montos de las indemnizaciones que tienen derecho a solicitar los
consumidores que fueron beneficiados por un fallo judicial, tras una demanda
colectiva presentada por el SERNAC en contra de la empresa de Créditos Organización
y Finanzas S.A. (COFISA), administradora de la tarjeta ABCDIN, por mantener en
los registros de morosidades y protestos (por ejemplo: DICOM) a consumidores que
habían renegociado sus deudas.
El plazo para ejercer sus
derechos y cobrar estos montos se inicia este 31 de marzo. Para recibir la
indemnización, los consumidores deben acudir a alguna de las sucursales de la
empresa ABCDIN a lo largo del país, presentando su cédula de identidad.
También, es posible que los consumidores otorguen un mandato simple y especial
para que, una persona en particular, pueda recibir por ellos la respectiva
indemnización. Por último, también han resultado favorecidos de la sentencia
los herederos de los beneficiarios fallecidos.
El Director Nacional del
SERNAC, Ernesto Muñoz, hizo un llamado a quienes hayan renegociado sus deudas
con la empresa ABCDIN entre el 20 de enero del año 2007 y el 20 de enero del
año 2012, a que se acerquen a las tiendas y hagan efectiva su indemnización. “Esta
sentencia judicial alcanza a 76.372 convenios suscritos que, según información
entregada por la empresa al 22° Juzgado Civil de Santiago, que fueron a su vez
suscritos por 66.106 consumidores, y ratifica una vez más que las empresas que
no cumplen con los estándares que establece la Ley de Protección de los
Derechos de los Consumidores (LPC), deben responder ante los consumidores, ya
sea, directamente o a través de los tribunales de justicia, tal como sucedió en
este caso”.
La autoridad recordó además
que cuando un consumidor repacta una deuda, rigen nuevas condiciones y plazos,
por lo que no se justifica que se mantenga al consumidor en ningún registro de
morosidad.
¿Qué
montos comprende la indemnización?
Montos de Indemnización
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Grupos de Consumidores Beneficiados
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$30.000
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Consumidores que
suscribieron el convenio de pago entre el 20 de enero de 2010 y el 20 de
enero de 2012, no fueron eliminados dentro de los siguientes 7 días y tenían
su convenio al día (íntegramente pagado o en vías de pago) al 20 de enero de
2012.
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$22.000
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Consumidores suscribieron
el convenio de pago entre el 20 de febrero de 2008 y el 20 de diciembre de
2009, no fueron eliminados dentro de los siguientes 7 días y tenían su
convenio al día (íntegramente pagado o en vías de pago) al 20 de enero de
2012.
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$15.000
|
Consumidores que
suscribieron el convenio de pago entre el 20 de enero de 2008 y 20 de enero
de 2007, no fueron eliminados dentro de los siguientes 7 días y tenían su
convenio al día (íntegramente pagado o en vías de pago) al 20 de enero de
2012.
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$3.000
|
Consumidores que
suscribieron el convenio de pago entre el 20 de enero de 2007 y el 20 de
enero de 2012, y no tenían su convenio de pago al día al 20 de enero de 2012.
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¿Qué debo hacer si la
empresa no cumple o me niega la indemnización?
En caso que usted se encuentre
dentro de los grupos mencionados en el cuadro precedente y la empresa se niegue
a pagarle su indemnización, por favor informar a SERNAC, mediante la
presentación de un reclamo en nuestra página web o bien, en una de nuestras
Direcciones Regionales o llamando de forma gratuita a nuestro centro telefónico: 800700100.
Finalmente, el Director
Muñoz, explicó que el Servicio monitoreará la implementación de esta sentencia
judicial que beneficia a un grupo importante de consumidores de todo Chile.
Antecedentes
de la demanda colectiva del SERNAC
En noviembre del año 2016,
la Corte Suprema confirmó la sentencia que en su momento dictó el Juez Titular
del 22° Juzgado Civil de Santiago, Sr. Pedro García Muñoz en contra de la
empresa de Créditos Organización y Finanzas S.A. (COFISA) administradora de la
tarjeta de ABCDIN, que incluyó indemnizaciones a los consumidores que fueron
mantenidos en los registros de Morosidades y Protestos, como por ejemplo DICOM,
pese a que habían renegociado sus deudas.
Este fallo obedece a una
demanda colectiva presentada por el SERNAC en contra de la empresa, por no
eliminar de las bases de Morosidades y Protestos, por ejemplo: DICOM, a los
consumidores que firmaron convenios de pago entre el año 2007 y 2012.
COFISA avalaba su actuar en
un convenio de pago que le hacía firmar a los consumidores que aceptaban la
renegociación de la deuda, donde se establecía que el firmante aceptaba que no
sería eliminado de sus antecedentes comerciales y/o financieros hasta el pago
de la última cuota. Esto quería decir que, aunque el consumidor renegociara su
deuda, la empresa los mantenía en DICOM hasta que pagara la última cuota,
cuestión que el tribunal declaró que no procedía.
En dicha sentencia, la
justicia además declaró nulas aquellas cláusulas que le permitían a COFISA
mantener en los registros de morosos a los consumidores que habían renegociado
sus deudas; ordenó a la empresa eliminar de los registros de morosidades y
protestos a los consumidores afectados; y determinó el pago de una multa de
$1.734.720 por cada artículo infringido de la LPC (3 letras a) y b), 4, 12, 16
letra g) y 23) por lo que debió pagar una multa total de $10.408.320.
#Sernac
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