MINISTRO
EYZAGUIRRRE PRESENTÓ LA LEY ORGÁNICA QUE REGULA LA ELECCIÓN DE GOBERNADORES
REGIONALES
En régimen, la propuesta establece que
Senadores y Diputados no podrán ser candidatos al cargo. En tanto, Alcaldes y
Concejales deberán renunciar a sus puestos para poder postular.
El proyecto de ley, que ingresó a la Comisión
de Gobierno de la Cámara, cuenta con suma urgencia para su tramitación.
Este martes el ministro secretario general de
la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre, presentó el proyecto de ley orgánica
constitucional que regula la elección popular de los Gobernadores Regionales,
ante la comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados.
En la oportunidad y en compañía del
subsecretario de la Subdere, Ricardo Cifuentes, Eyzaguirre explicó los
principales lineamientos de la iniciativa, que viene a complementar la reforma
constitucional —promulgada en diciembre pasado—que consagra la posibilidad de
que la ciudadanía elija a las principales autoridades regionales mediante el
sufragio universal.
La propuesta presentada por el Ejecutivo
establece que la elección se realizará en conjunto con la de consejeros
regionales y en la misma fecha que las elecciones municipales, esto, según el
titular de la Segpres “porque todas son autoridades territoriales, que tienen a
su cargo administrar la región y al separarse de la elección presidencial y
parlamentaria, se establece la idea de que Chile es un Estado unitario y que
las definiciones de políticas nacionales vienen establecidas por el Parlamento
y el Ejecutivo”.
El Ministro Eyzaguirre destacó que en
régimen, “los senadores y diputados no pueden renunciar a su cargo para
postular a otro cargo de elección popular y, por tanto, estarían impedidos, de
ser candidatos a Gobernador Regional”.
Por su parte, los alcaldes y concejales que
deseen postular al puesto deberán renunciar previamente a la declaración de
candidatura (90 días antes de una elección definitiva o 60 días antes de la
elección primaria). En tanto, los ministros, subsecretarios, delegados presidenciales
regionales y delegados presidenciales provinciales, deben renunciar un año
antes de la elección.
Sobre
la fecha de la primera elección
Para que se pueda concretar la primera
elección en 2017, debe estar publicado el nuevo procedimiento de transferencia
de competencias 100 días antes de la elección parlamentaria. En ese caso, si
ministros, subsecretarios, intendentes, gobernadores, miembros del consejo del
Banco Central, o el Contralor General de la República deciden postular al
cargo, deberán renunciar a sus puestos, también, 100 días antes de los
comicios.
CÁMARA
DE DIPUTADOS APROBÓ PROYECTO QUE REGULA RESIDENCIA, PERMANENCIA Y TRASLADO
DESDE Y HACIA ISLA DE PASCUA
Por unanimidad la Cámara de Diputados aprobó,
en su primer trámite constitucional, el proyecto de ley que regula el ejercicio
de los derechos a residir, permanecer y trasladarse, desde y hacia Isla de
Pascua, con lo cual esta iniciativa pasó al Senado.
Al respecto, el subsecretario de Desarrollo
Regional, Ricardo Cifuentes, dijo que con este proyecto “estamos respondiendo a
una demanda histórica del pueblo Rapa Nui que es fruto de un largo proceso de
diálogo y búsqueda de acuerdos con los habitantes, dirigentes de diversas
organizaciones sociales y autoridades de la Isla”.
El titular de la SUBDERE agregó que “esta
iniciativa encuentra su justificación en las particularidades y dificultades
propias de la vida en el territorio insular, y en la necesidad de resguardar y
preservar ese ecosistema que es tan especial y delicado”.
En este sentido, señaló que “precisamente lo
que hace este proyecto es garantizar la sustentabilidad ambiental de la isla,
proteger el desarrollo del turismo en su territorio y preservar su patrimonio
cultural”.
El subsecretario Cifuentes añadió que “una
vez que esta iniciativa sea aprobada y se convierta en ley, vamos a poder crear
un modelo de capacidad de carga demográfica, a partir del cual conoceremos la
capacidad de visitantes que es capaz de soportar la Isla de Pascua sin que se
produzcan alteraciones en su hábitat”.
Del mismo modo, la autoridad indicó que “va a
contribuir a orientar una estrategia de desarrollo distinta para ese
territorio, que nos va a ayudar a definir qué inversiones hacer ahí y cómo
hacerlas, protegiendo su patrimonio ambiental y cultural”, concluyó.
Contenido
del proyecto:
Establece una serie de requisitos para
ejercer el derecho a residir, permanecer y trasladarse, hacia y desde Isla de
Pascua, con exclusión de las personas pertenecientes al pueblo Rapa Nui.
Define los plazos máximos de permanencia en
ese territorio, las posibilidades que se abren para modificar dichos límites y
las personas exceptuadas de estos márgenes, entre los cuales destacan los
familiares pertenecientes al pueblo Rapa Nui; las personas que ejercen cargos de
autoridad política o administrativa, y las que cumplen servicios o funciones
específicas contratadas, entre otras.
Determina los requisitos de ingreso a Isla de
Pascua, estableciéndose para tal efecto la cédula de identidad o pasaporte,
pasajes de regreso, reserva de alojamiento y la acreditación de medios para el
autosustento.
Dispone las obligaciones de información de
ingreso de pasajeros y tripulantes por parte de las empresas de transporte
aéreo o marítimo.
Fija las características del decreto de carga
demográfica del territorio especial en período de latencia y saturación, el que
deberá fundarse en un estudio de gestión y considerar para sus lineamientos los
informes emitidos por los órganos de la administración del Estado con
competencia en la materia.
Crea un Consejo de Gestión de Carga
Demográfica, el cual podrá solicitar, de manera fundada, al Ministerio del
Interior y Seguridad Pública, la revisión y/o modificación total o parcial de
sus disposiciones, cuando los hechos o antecedentes que sirvieron de fundamento
para el mismo hayan sufrido alteraciones significativas.
#Subdere
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