viernes, mayo 05, 2017

SUBDERE noticias

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COMISIÓN DE GOBIERNO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS APROBÓ EN GENERAL PROYECTO QUE REGULA ELECCIÓN DE GOBERNADORES REGIONALES

Por unanimidad la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de ley orgánica constitucional que regula la elección de gobernadores regionales, que tiene carácter de suma urgencia.

En la oportunidad, los integrantes de dicha instancia, que preside el diputado Marcelo Chávez, también acordaron simplificar el estudio en particular del proyecto dando por aprobados aquellos artículos que se refieren solo a cambios de denominaciones de ciertas autoridades, de manera de concentrarse en los temas de fondo.

Sobre el particular, el subsecretario de Desarrollo Regional, Ricardo Cifuentes, dijo estar “muy satisfecho con el respaldo de los parlamentarios a la iniciativa, lo que es una señal muy importante para lo que va a venir en los próximos días”.

La autoridad señaló que ve “un muy buen ánimo en la Comisión, sobre todo para poder despachar este proyecto dentro de los plazos establecidos dada la urgencia solicitada por el Ejecutivo”.

Añadió que “hoy se aprobaron varios artículos en particular y esperamos que se siga avanzando en aquellos aspectos que son más sustantivos en relación a la elección del gobernador regional”.

En cuanto a los plazos, el subsecretario Cifuentes indicó que “de acuerdo a lo informado por el diputado Chávez, la idea es poder tener la iniciativa despachada tras la tercera semana del presente mes, para que luego sea vista por la Comisión de Hacienda antes de pasar a la Sala”.

Cabe destacar que la aprobación de este proyecto es condición excluyente para que la primera elección de los gobernadores regionales se pueda efectuar en noviembre de este año, así como también lo es la iniciativa que establece el traspaso de competencias, que actualmente se encuentra en su tercer trámite constitucional en el Senado.

La Comisión de Gobierno de la Cámara proseguirá el estudio de este proyecto el próximo lunes 8 de mayo, en sesión fijada para las 17:30 horas, en la sede del Congreso Nacional en Santiago.

SUBSECRETARIO CIFUENTES LLAMÓ A INTENSIFICAR EL ASOCIATIVISMO MUNICIPAL

“Pese a lo que hemos avanzado en los últimos años, aún nos falta concebir a los municipios como un motor del desarrollo de las comunas”, dijo el subsecretario de Desarrollo Regional, al inaugurar el segundo curso sobre “Asociativismo Municipal y Gobernanza Territorial”, organizado por la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) y la SUBDERE.

Durante la actividad, que contó, además, con la presencia de la ministra de Vivienda y Urbanismo, Paulina Saball, y del director de la Oficina de la OIT en Chile, Fabio Bertranou, el titular de la SUBDERE valoró las iniciativas de asociativismo municipal, “las que han aumentado en los últimos años y en las que se aprecia mucho entusiasmo”, señaló.

Sin embargo, indicó que “aún no se observan resultados prácticos que se noten, por ejemplo, en más economía a escala y eficiencia, pese a que estos esfuerzos van en la dirección correcta”.

En este sentido, el subsecretario Cifuentes destacó que el asociativismo “es una herramienta fundamental para nivelar a los municipios, ya que muchos de ellos no son capaces por sí solos de solucionar los problemas que se generan en las comunas”.

La autoridad agregó que una buena opción para generar más asociativismo será la creación de las áreas metropolitanas, lo que está dispuesto en el proyecto de ley sobre Fortalecimiento de la Regionalización, que actualmente se encuentra en el Senado en su tercer trámite constitucional.

“Las áreas metropolitanas serán un paso importante, pero solo van a haber ocho en el país, ya que se podrán conformar en las conurbaciones de más de 250 mil habitantes”, afirmó. No obstante, expresó que esa iniciativa “va a obligar a los municipios a coordinarse y ya no será la mera voluntad lo que los va a reunir, sino que estarán obligados a hacerlo para enfrentar los grandes temas de ciudad que les son comunes como el tratamiento de la basura, transporte e infraestructura”, expresó.

Del mismo modo, el subsecretario Cifuentes resaltó la importancia de la aprobación de la Ley N° 20.922 sobre fortalecimiento del sector municipal, que “devuelve a los municipios la autonomía para organizar sus recursos humanos y que les entrega beneficios larga y justamente anhelados por sus funcionarios”, manifestó.

Por su parte, el director de la Oficina de la OIT en Chile, Fabio Bertranou, sostuvo que para ese organismo “es muy importante colaborar con el proceso de descentralización que se está llevando a cabo en Chile”.

Al respecto, planteó la necesidad de que “este proceso de transformaciones, que tiene grandes implicancias laborales, económicas, sociales y culturales, se haga en un marco de gobernanza inclusivo y participativo”.

Cabe destacar que este curso para asociaciones municipales, que se efectuará entre los días 3 y 5 de mayo, se enmarca dentro del Convenio SUBDERE-OIT, cuyo propósito principal es generar capacidades en las asociaciones municipales para que éstas mejoren su vinculación con actores y procesos de los respectivos territorios.

En esta oportunidad, se busca avanzar en el conocimiento y manejo de conceptos y herramientas vinculados a la gobernanza territorial y multinivel, explorando en el desafío y rol de las asociaciones en un contexto en que el país está ad portas de avanzar hacia un nuevo marco institucional, generado por la elección de gobernadores regionales y nuevas competencias para los gobiernos regionales.

En este curso participan cerca de 50 personas, entre los cuales se encuentran secretarios ejecutivos, directivos y profesionales de diversas asociaciones municipales, y también funcionarios de los gobiernos regionales que en su trabajo se relacionan constantemente con dichas entidades

PROYECTO DE TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS Y ANIMALES DE COMPAÑÍA QUEDÓ LISTO PARA SER PROMULGADO COMO LEY DE LA REPÚBLICA

Por 100 votos a favor, dos abstenciones y uno en contra, la Cámara de Diputados despachó el proyecto de ley que regula la tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, con lo cual esta iniciativa quedó en condiciones de convertirse en Ley de la República.

Sobre el particular, el subsecretario de Desarrollo Regional, Ricardo Cifuentes, agradeció el amplio apoyo de los parlamentarios al proyecto, el cual –dijo- “implica un tremendo avance respecto a la responsabilidad que deben tener los ciudadanos con las mascotas y animales de compañía que crían”.

La autoridad agregó que “hasta la fecha en nuestro país existe una ley muy antigua sobre esta materia, que no se hace cargo ni del debido cuidado que debemos tener hacia estos animales ni de la dignidad de ellos”.

En este sentido, señaló que “con esta nueva legislación la situación va a cambiar, porque establece objetivos y definiciones muy claras en este ámbito; promueve la tenencia responsable de mascotas y animales de compañía; dispone la realización de campañas educativas para tal efecto y también sanciones a quienes abandonan a sus animales; y por último, establece la responsabilidad civil ante los daños que puedan causar los animales que están bajo el cuidado de una persona o familia”, indicó.

Cabe destacar que para que esta ley pueda ser aplicada las municipalidades deberán elaborar una ordenanza sobre la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía en el territorio comunal, la que deberá ajustarse a la normativa legal que regula la materia y los reglamentos.

Asimismo, se deben dictar dos reglamentos. El primero, del Ministerio de Salud, que deberá disponer las condiciones de higiene y seguridad para la mantención de las mascotas en las casas y en los centros de venta y crianza.

Mientras que la segunda será responsabilidad del Ministerio del Interior, que tendrá que establecer los requisitos de las campañas de educación; los programas para prevenir el abandono y fomentar reubicación de mascotas; las condiciones para el desarrollo de programas de esterilización masiva; los sistemas de registro e identificación de animales; los sistemas para desincentivar la crianza y reproducción indiscriminada de animales; y las características de individuos caninos potencialmente peligrosos y sus condiciones de tenencia.

Principales contenidos de la nueva ley:
• Cada municipio deberá dictar una ordenanza sobre la tenencia responsable de mascotas, la que se ajustará al reglamento que sobre la materia se dicte, prohibiéndose el sacrificio de animales como método de control de su población.

• Todo responsable de una mascota estará obligado, entre otros deberes, a la adecuada identificación de la misma y de su dueño y a su inscripción en el registro respectivo.

• Impone al Ministerio del Interior el deber de proporcionar una plataforma informática de registro e identificación de mascotas y animales de compañía, a la que accederán las municipalidades.

• Sanciona el abandono de animales, el que será considerado maltrato y crueldad animal, facultando a las municipalidades para rescatar a todo animal que no tenga identificación encontrado en sitios de uso público, con el objeto de entregarlo a alguna de las organizaciones de protección animal registradas legalmente, para que éstas procedan a sanitizarlos, esterilizarlos y reubicarlos al cuidado de alguna persona que asuma su tenencia responsable.

• Establece las normas a las que deberán someterse las organizaciones destinadas a la protección de animales y a la promoción de la tenencia responsable de mascotas; los locales de venta y crianza y los eventos en que éstos participen o sean exhibidos.

• Toda persona que sea amenazada o perturbada en su vida, salud o integridad, por un animal de compañía, podrá denunciar el hecho, sin mayor formalidad, ante el Juez de Policía Local competente, a fin de que éste, en el más breve plazo, adopte las medidas que estime necesarias para eliminar dicha amenaza o perturbación.

• Todo responsable de un animal deberá responder civilmente de los daños causados por éste, exceptuándose los casos de ejemplares caninos que causen lesiones graves o den muerte, así como el que ingrese a un domicilio sin autorización de los moradores ni justificación alguna o con el propósito de cometer delito.

• Agrega la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, multa de 10 a 30 UTM e inhabilidad absoluta perpetua para tenencia de animales, al que como resultado de la acción u omisión produjere al animal lesiones que menoscaben gravemente la integridad física o su muerte
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