
Explicó que el fallo “reconoce y cautela en su
total integridad las 12 millas que constituyen el mar territorial y soberano de
Chile, sobre el cual Chile mantiene plenos y absolutos derechos”, añadiendo que
“confirma que Chile conserva la casi totalidad de sus derechos de pesca y, muy
especialmente, de nuestros pescadores artesanales, e igualmente mantiene y
resguarda íntegramente la conectividad y la proyección marítima de la ciudad de
Arica, así como la posición geográfica estratégica que esa ciudad tiene”.
Asimismo, agradeció “el gran trabajo que tantos,
con tanta dedicación y compromiso, hicieron por la defensa de los legítimos
derechos e intereses de nuestro país, y también, por la permanente actitud de
unidad y colaboración que mostraron todos los chilenos y chilenas”, al tiempo
que formuló un llamado para que “Chile y Perú concentren sus agendas, visiones,
esfuerzos y compromisos en la agenda del futuro, que es la agenda de la
integración, de la paz y de la colaboración entre ambos países, en beneficio de
ambos pueblos”.
A continuación, la declaración completa del
Mandatario en el Palacio de La Moneda:
Muy buenas tardes:
Hoy la Corte Internacional de Justicia de La Haya
dio a conocer su decisión respecto del diferendo marítimo que le fuera
planteado por Perú el año 2008.
Para efectos de entender el significado y el
alcance de este fallo, es necesario recordar cuál fue la esencia de la
controversia sometida a la Corte y cuáles fueron las posiciones fundamentales
asumidas y defendidas por Chile y por Perú.
La controversia básica sometida a la Corte de La
Haya era determinar la existencia o no existencia de un acuerdo que fijó los
límites marítimos entre Chile y Perú. La posición peruana negaba la existencia
de ese acuerdo y, en consecuencia, solicitaba a la Corte que fijara el límite
marítimo en la zona de controversia, mediante una línea equidistante de las
líneas de base de ambos países y, adicionalmente, solicitaba a la Corte que el
punto de partida de esa línea equidistante debía ser el punto 266, el que según
la posición peruana correspondía al último punto de la frontera terrestre entre
ambos países.
La posición chilena sostenía que sí existía un
acuerdo entre las partes, refiriéndose a los Acuerdos del año 52 y del 54, y
que ellos habían fijado el límite marítimo entre ambos países en el paralelo
que pasa por el Hito 1, el que corresponde al punto en que la frontera
terrestre entre ambos países llega al mar, y que ese paralelo se extendía hacia
el mar hasta las 200 millas.
Hoy la Corte Internacional de Justicia de La Haya
ha confirmado en lo sustancial los argumentos de la posición chilena.
En efecto, la Corte, por 15 votos a 1, ha
reconocido la existencia de un acuerdo de límite marítimo y que ese límite
marítimo es, en parte, un paralelo geográfico. Y, adicionalmente, y también por
15 votos a 1, ha confirmado que ese paralelo pasa por el Hito 1 y no por el
punto 266, y que ese Hito 1 constituye el punto inicial del límite marítimo
entre Chile y Perú.
La confirmación del Hito 1 como punto inicial de la
frontera marítima entre ambos países, reviste una particular importancia, ya
que si bien ambos países discrepaban respecto a dónde comienza la frontera
marítima, el Hito 1, según Chile, el punto 266, según Perú, ambos países
siempre coincidieron en que la frontera marítima comienza en el último punto de
la frontera terrestre.
En consecuencia, la confirmación por parte de la
Corte de La Haya que la frontera marítima comienza en el paralelo del Hito 1,
ratifica nuestro dominio sobre el triángulo terrestre respectivo.
No obstante haber dado la Corte razón a Chile en
estos aspectos esenciales antes mencionados, también la Corte resolvió, por 10
votos a 6, que el contenido de los acuerdos de límites entre ambos países
carecía de la suficiente claridad y precisión y que, en consecuencia, no se
podía concluir que la voluntad de las partes fuera fijar el límite marítimo a
través del paralelo hasta la milla 200.
Y siguiendo esta interpretación, la Corte determinó
que el límite marítimo es el paralelo que pasa por el Hito 1, hasta una
distancia de 80 millas. Y que, a continuación de ese punto, y hasta las 200
millas, la frontera marítima deberá fijarse mediante una línea equidistante de
las líneas de base de ambos países.
Sin duda Chile discrepa profundamente de esta
decisión de la Corte, ya que todos los acuerdos, declaraciones y alegatos sobre
esta materia, hechos tanto por Chile como por Perú, y la práctica consistente
de ambos países durante los últimos 60 años, siempre se refirieron única y
exclusivamente a las 200 millas.
Sin perjuicio de lo anterior, es necesario e
importante destacar que el fallo dado a conocer hoy por la Corte Internacional
de Justicia de La Haya, en primer lugar reconoce y cautela en su total
integridad las 12 millas que constituyen el mar territorial y soberano de
Chile, sobre el cual Chile mantiene plenos y absolutos derechos.
En segundo término, el fallo reconoce una Zona
Económica Exclusiva para Chile, a partir del paralelo que pasa por el Hito 1 y
hasta las 80 millas mar adentro, y a partir de ese punto, la zona al Oeste y al
Sur de la línea equidistante de las líneas de base de ambos países.
Es importante destacar que la casi totalidad de la
pesca existente en la zona norte de nuestro país se produce al Este de la milla
60. En consecuencia, se produce íntegramente dentro de la Zona Económica
Exclusiva de nuestro país, reconocida por la Corte. En consecuencia, el fallo confirma que Chile
conserva la casi totalidad de sus derechos de pesca y muy especialmente sus
derechos de pesca de nuestros pescadores artesanales, e igualmente mantiene y
resguarda íntegramente la conectividad y la proyección marítima de la ciudad de
Arica, así como la posición geográfica estratégica que esa ciudad tiene.
Esto, sin duda, nos alegra enormemente, por
nuestros compatriotas de la Región de Arica y Parinacota y por todos los
compatriotas de nuestro país.
Esta decisión de la Corte significa que Chile debe
ceder derechos económicos en una zona de aproximadamente 20 a 22 mil kilómetros
cuadrados, al Oeste de la milla 80 y al Noroeste de la línea equidistante antes
mencionada, hasta la milla 200. Si bien en esta zona Chile mantiene en plenitud
sus libertades de navegación marítima y navegación aérea, sin duda, esta cesión
constituye una lamentable pérdida para nuestro país.
En virtud del Tratado Americano de Soluciones
Pacíficas, conocido como el Pacto de Bogotá, del año 48, suscrito por Chile ese
mismo año y ratificado por nuestro país el año 1967, Chile, y lo mismo aplica
para Perú, aceptaron la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia de
La Haya. En consecuencia, las decisiones de esa Corte son vinculantes para
ambos países, los cuales, confirmando su tradición de respeto al derecho
internacional, se han comprometido a aceptarlas y también a cumplirlas.
Chile cumplirá y exigirá el cumplimiento del fallo
de la Corte de La Haya. Dada la naturaleza y el contenido de ese fallo, su
implementación deberá ser gradual y requerirá de acuerdos entre las partes.
Quiero asegurar a mis compatriotas que en la
implementación de este fallo, este Presidente, y estoy seguro lo mismo hará la
Presidenta electa, tomaremos todas las acciones y medidas necesarias para
resguardar y proteger debidamente los legítimos derechos e intereses de nuestro
país y, al mismo tiempo, buscaremos que ambos países resuelvan todos los temas
pendientes de forma tal de permitir que Chile y Perú concentren sus agendas,
sus visiones, sus esfuerzos y sus compromisos en la agenda del futuro, que es
la agenda de la integración, la agenda de la paz y la agenda de la colaboración
entre ambos países, en beneficio de ambos pueblos.
Al terminar mis palabras, quiero hacer un sentido
reconocimiento y expresar mi más profunda gratitud por el gran trabajo que
tantos, con tanta dedicación y compromiso, y durante tanto tiempo, hicieron por
la defensa de los legítimos derechos e intereses de nuestro país, y también,
por la permanente actitud de unidad y colaboración que mostraron todos los
chilenos y chilenas, y todos los sectores de nuestra sociedad, honrando así esa
hermosa y noble tradición republicana de Chile de enfrentar los temas
internacionales, y particularmente los temas que dicen relación con límites o
soberanía, con unidad, con patriotismo y como políticas de Estado.
Con posterioridad al término de la lectura del
fallo por parte del presidente de la Corte, he conversado con el Presidente
Ollanta Humala, del Perú, para analizar y acordar los pasos que vendrán, y
también he conversado con la Presidenta electa de Chile. Con la Presidenta
Michelle Bachelet hemos acordado coordinar las etapas que vendrán en materia de
implementación de este fallo, las cuales serán responsabilidad de mi Gobierno
hasta el 11 de Marzo de este año, y del Gobierno de la Presidenta Bachelet, a
partir de esa fecha.
Y para estos efectos, hemos acordado reunirnos,
junto al actual y al futuro Canciller, hoy a partir de las cuatro de la tarde,
en esta Casa de La Moneda.
Finalmente, también le he expresado a la Presidenta
electa Michelle Bachelet, que a partir del 11 de Marzo contará con el total y
absoluto apoyo y respaldo de este Presidente, en relación a la implementación
de este fallo, cada vez que ella así lo requiera.
Muchas gracias.
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