El
parlamentario invocó norma legal que impone una serie de obligaciones y
responsabilidades hacia los sostenedores que, según la denuncia de los padres y
apoderados, no se habrían cumplido.
Un oficio al
Ministerio de Educación envió este martes el diputado UDI por Tarapacá, Renzo
Trisotti, tras conocer la denuncia realizada por un grupo de padres y
apoderados del Colegio Little Star de Iquique, quienes se encontraron este
lunes con que el establecimiento había cerrado sus puertas sin previo aviso.
“La
información que tenemos hasta ahora es que los sostenedores de este
establecimiento ingresaron el lunes, a las 8.20 de la mañana, un documento a la
Seremi de Educación, donde anunciaban su decisión de cerrar, sin haber
comunicado esta decisión a los padres y apoderados”, dijo Trisotti.
El diputado
añadió que “las razones para el cierre pueden resultar atendibles, pero no por
ello se puede vulnerar la legalidad”. Y es que según precisó el parlamentario,
“el Decreto Supremo 315 de 2012, del
Ministerio de Educación, establece una serie de disposiciones relacionadas con
la decisión de cierre, con plazos y responsabilidades que en ningún caso han
cumplido los sostenedores del Colegio Little Star”.
Tal como
detalla el oficio enviado por el diputado Trisotti al Mineduc, los artículos 25 y 26 de dicho decreto estipulan que
cualquier establecimiento que decida cerrar deberá hacer una presentación ante
la Seremi de Educación correspondiente durante los dos últimos meses del año
escolar anterior al cierre. En el caso del Colegio Little Star, por lo tanto,
ello debiera haberse producido entre el 1 de noviembre y 31 de diciembre del
año en curso, mientras que el cierre sólo podría llevarse a cabo a partir del
año escolar 2016 y mediante una resolución dictada por la Seremi.
Adicionalmente, la norma obliga al sostenedor a notificar a los padres y
apoderados “debiendo acreditar dicha circunstancia al momento de presentación
de la solicitud respectiva”, y la resolución de la Seremi únicamente podría
adoptarse luego que “el sostenedor haga entrega de las actas de la evaluación y
promoción escolar de todos los alumnos y alumnas, y acredite la entrega de la
documentación escolar a los padres y apoderados”.
“Ninguna de
estas obligaciones ha sido cumplida por los dueños del Colegio Little Star, por
lo que exigimos al Ministerio de Educación que se pronuncie respecto de las
acciones a seguir y los plazos con que actuará, y si eventualmente determinará
sanciones y la designación de un administrador provisional, el traslado de los
alumnos a otros recursos educacionales, todas medidas que apunten a resguardar el
derecho de los estudiantes y sus familias de concluir el año escolar como corresponde”,
sostuvo el diputado Trisotti.
Oficio
enviado a Ministra de Educación:
De
: Honorable Diputado de la República sr. Renzo Trisotti Martínez
A
: Ministra de Educación sra. Adriana Delpiano Puelma
De
conformidad a lo señalado en el artículo 9° de la Ley Orgánica Constitucional
del Congreso Nacional y demás disposiciones constitucionales y legales que me
asisten, vengo en solicitar de parte de la Ministra de Educación, Sra. Adriana
Delpiano Puelma, información respecto de las medidas y sanciones que
corresponda respecto del cierre del Colegio Particular Pagado “Little Star” de
la ciudad Iquique, en la Región de Tarapacá.
A las 8.20
horas del pasado lunes 21 de septiembre, los sostenedores del Colegio
Particular Pagado “Little Star” de Iquique ingresaron a la Secretaría Regional
Ministerial de Educación de Tarapacá un documento, informando su decisión de
cierre del establecimiento.
El argumento
para tal decisión habría sido la baja matrícula, sumado a la excesiva cantidad
de alumnos becados, lo que ponía en una “difícil” situación económica al
establecimiento, que alberga a 58 alumnos entre pre-kínder y cuarto año básico.
La decisión
no fue previamente informada a padres y apoderados ni a los trabajadores del
establecimiento, que al llegar ese día lunes para retomar las clases luego de
las vacaciones de la semana anterior, se encontraron con el inmueble cerrado
con candados y sin ninguna explicación por parte de los sostenedores.
De acuerdo a
los artículos 25 y 26 del Decreto Supremo 315 de 2012, del Ministerio de
Educación, el establecimiento que decida renunciar voluntariamente al
reconocimiento oficial, es decir, determinar su cierre, deberá hacer dicha
presentación ante la Seremi de Educación correspondiente durante los dos
últimos meses del año escolar anterior al cierre. En el caso del Colegio Little
Star, por lo tanto, ello debiera haberse producido entre el 1 de noviembre y 31
de diciembre del año en curso.
Asimismo, la
norma citada precedentemente establece que dicha renuncia “producirá sus
efectos desde el inicio del siguiente año laboral docente, debiendo el
Secretario Regional Ministerial de Educación respectivo dictar la resolución
correspondiente”.
En tanto, el
artículo 27 del mismo decreto establece que “el sostenedor deberá notificar a
los padres y/o apoderados, debiendo acreditar dicha circunstancia al momento de
presentación de la solicitud respectiva”.
En su inciso
segundo, el mencionado artículo añade que “el Secretario Regional Ministerial
de Educación correspondiente sólo podrá pronunciarse sobre la solicitud de
receso de actividades o renuncia al Reconocimiento Oficial una vez que el
sostenedor haga entrega de las actas de la evaluación y promoción escolar de
todos los alumnos y alumnas, y acredite la entrega de la documentación escolar
a los padres y apoderados”.
Según la
denuncia que han hecho los padres y apoderados del Colegio Little Star, nada de
ello ha ocurrido: no fueron informados del cierre, no se les ha entregado la
documentación oficial, no han podido recuperar el material escolar de sus hijos
que se encuentra adentro del inmueble, pero peor aún, el colegio no se
encuentra legalmente habilitado para cerrar a mitad del año escolar, por lo
cual se están vulnerando abiertamente los derechos de los estudiantes.
En este
contexto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley Orgánica
del Congreso Nacional y demás disposiciones constitucionales y legales que me
asisten, vengo en solicitar por parte de la entidad que se me informe lo
siguiente:
1) Las
acciones y plazos que adoptará para resguardar el derecho de los estudiantes y
sus familias para culminar su año escolar, ante la abierta vulneración legal en
que ha incurrido el Colegio Little Star de Iquique;
2) Informe
respecto de la eventual designación de un administrador provisional para
enfrentar la situación de este establecimiento, y
3)
Eventuales sanciones que podría adoptar hacia los sostenedores del Colegio
Little Star, luego de contravenir abiertamente las normas relativas al cierre
de establecimientos educacionales contenidas en el Decreto Supremo 315 de 2012.
Esperando la
más pronta respuesta posible, le saluda atentamente
Iquique, 22
de septiembre de 2015
#Iquique
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