Informe
de derrame de aceite cocha resbaladero Pica
Por medio del presente, se entrega
información del derrame de aceite ocurrido en la Cocha Resbaladero el día 21 de
Agosto, en la comuna de Pica.
ANTECEDENTES
La empresa de Obras Civiles y Servicios
Integrales Manuel Alfonzo Bustillos Ariste E.I.R.L., se adjudico la licitación
pública ID 3885-63-LP16 por el servicio de “Construcción Muro de Contención
Cocha Resbaladero” fecha de inicio 01 de Agosto de 2016 por 60 días corridos.
El día 21 de Agosto del presente, alrededor
de las 8 am, personal Municipal que realiza labores en la Cocha Resbaladero, advierten
de una mancha aceitosa color rojizo en la superficie del agua. Se percatan, también,
que proviene de una división cercada, donde se realizan trabajos de construcción
de un muro de contención, de donde escurre un líquido oscuro por la roca hacia
el agua.
El día sábado 20 de
agosto en la tarde, el mini cargador frontal presenta desperfectos, por lo
tanto, los operarios de la empresa desmantelaron la maquina en el lugar,
extrayendo el motor, piezas y gran parte de los aceites, no obstante quedó
aceite hidráulico alrededor de 2 litros en la caja de cambios la que se terminó
de vaciar por la noche.
Jefe de Secplac del Municipio, se hace
presente en el lugar dentro de la mañana del día que ocurrió el evento, para
constatar la gravedad de lo acontecido y dar la orden, al personal municipal,
de cierre del recinto hasta nuevo aviso. Conjuntamente, se llamó a la empresa a
cargo de los trabajos para que se presente en el lugar y se haga responsable de
lo sucedido.
Las medidas tomadas por la Ilustre
Municipalidad de Pica, es el cierre del balneario Cocha Resbaladero por el día
Domingo 21 de agosto, y hasta que el organismo competente (Seremía de Salud) se
pronuncie favorablemente para la apertura al público del lugar turístico; todo
para evitar poner en riesgo innecesariamente a la población.
Las medidas adoptadas por la empresa es limpieza
del sector extrayendo agua con aceite de la superficie rocosa, siendo
depositado en un contenedor de 20 litros. El líquido vertido en las rocas
verticales son limpiados con detergente y agua.
ORDENANZA
MUNICIPAL AMBIENTAL DE PICA D.A. N°031:
Según la disposición legal, emanada de la
Ordenanza Municipal N°031 sobre Gestión y Protección de Medio Ambiente de la
Comuna de Pica, dicta en caso de derrame de aceite en aguas de la comuna, lo
siguiente:
Artículo 50°: Queda prohibido verter, directa
o indirectamente, a las cuencas o cauces naturales y/o artificiales de la
comuna, cualquier agua residual o residuos líquidos, cuyas características
físicas y/o composición química o bacteriológica, puedan afectar negativamente
la calidad de las aguas y el ambiente acuático. De igual modo, se prohíbe botar
a los cauces de agua y sus riberas residuos de cualquier naturaleza y
clasificación que atenten contra su limpieza, atraigan vectores sanitarios u
ocasionen estancamiento de agua.
Con
respecto a las multas por infracciones a la ordenanza dicta:
Artículo 27°: Las infracciones a la presente
ordenanza serán sancionadas con multas desde 0.5 a 5 Unidades Tributarias
Mensuales correspondiendo su conocimiento al Juez de Policía Local, Previa
denuncia de particulares afectados, de Carabineros o funcionarios municipales,
sin perjuicio de las sanciones establecidas en el Código Sanitario.
Las medidas adoptadas por la empresa Obras
Civiles y Servicios Integrales Manuel Alfonzo Bustillos Ariste E.I.R.L. fue
enviar a un trabajador a limpiar el derrame en la roca, posteriormente el
trabajador realizó labores de limpieza en las aguas de la Cocha Resbaladero.
El municipio de Pica exigirá a la empresa
realizar limpieza y seguimiento a las aguas de la Cocha Resbaladero.
#Iquique
No hay comentarios.:
Publicar un comentario