Iniciativa
incluye la tipificación de delitos y gerentes y administradores de empresas que
procesen pesca sin acreditar su origen arriesgan hasta tres años de presidio.
Tras poco más de ocho meses de discusión, la
Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos de la Cámara de Diputados
despachó el proyecto de ley que “Moderniza y Fortalece el Ejercicio de la
Función Pública del Servicio Nacional de Pesca” (boletín 10482-21) y que dentro
de sus objetivos principales está combatir la pesca ilegal en nuestro país.
Cabe destacar que la pesca ilegal pasó a
constituir una de las más cuestionables infracciones al ordenamiento nacional,
pues no sólo pone en riesgo el futuro de nuestros recursos pesqueros sino que
provoca además un gran impacto en aquellas personas que viven y trabajan en
torno a la pesca, el procesamiento y la comercialización de los productos
pesqueros al generar un mercado paralelo y que según estimaciones de la FAO se
ha convertido en el tercer negocio ilícito más lucrativo del mundo tras el
tráfico de drogas y armas.
El Subsecretario de Pesca y Acuicultura, Raúl
Súnico, explicó que “este es un proyecto muy importante para controlar la pesca
ilegal y colocar a Chile a la vanguardia de la lucha contra la pesca ilegal a
nivel internacional. Este es un proyecto de ley que permite disminuir las
sanciones a los que extraen los productos, pero aumentar drásticamente las
sanciones en aquellos que desarrollas las actividades de procesamiento,
distribución y comercialización de la pesca ilegal en donde realmente está el
negocio”.
Según antecedentes proporcionados por
Sernapesca, el proyecto tipifica el
procesamiento, elaboración, comercialización y almacenamiento que no acrediten
origen legal y en el caso de pesquerías sobreexplotadas o colapsadas, como la
merluza común, será delito. Teniendo en
cuenta esto último el gerente o administrador de una empresa que procese pesca ilegal arriesga una pena de
presidio de 541 días a 3 años más una multa mínima de $13.772.100 y una multa
máxima de $22.953.500.
Por el contrario, a pescadores artesanales
que sean sorprendidos en tenencia, por ejemplo, de 10 kilos de recurso almeja,
actualmente arriesga una multa mínima de $1.377.210 y una máxima de
$13.772.100. Con la modificación propuesta su multa mínima es de $10.145 y la
máxima de $202.908.
En esa línea, el subsecretario Súnico, afirmó
que “los pescadores que desarrollan la pesca legal pueden estar muy tranquilos.
El combate a la pesca ilegal sólo favorece a aquellos que desarrollan la
actividad de manera normal y reglamentada pues eso tiende a mejorar los precios
y tiende a mejorar la competitividad de los productos pesqueros y además a
avanzar más rápido en la recuperación de los recursos en la medida que se inhibe, se prohíbe, se
castiga con más fuerza a quienes desarrollan este negocio de transportar,
procesar y distribuir pesca ilegal”.
Según la iniciativa, que lleva adelante la
Subsecretaría de Pesca Acuicultura (Subpesca) y el Servicio Nacional de Pesca y
Acuicultura (Sernapesca), “se entiende por pesca ilegal la actividad pesquera
extractiva efectuada por embarcaciones nacionales o extranjeras, en aguas bajo
la jurisdicción nacional o en alta mar, en contravención a la normativa
pesquera nacional vigente o aquella establecida por organismos regionales o
internacionales, de las que Chile es parte”.
El proyecto también define como pesca ilegal
“el uso de recursos hidrobiológicos contraviniendo la normativa nacional
vigente, en las actividades de transformación, elaboración, transporte,
almacenamiento y comercialización de recursos hidrobiológicos o productos
derivados de éstos”.
El proyecto de ley continúa en las próximas
semanas su tramitación en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.
#Iquique
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