La
Corte de Apelaciones de San Miguel ratificó fallo de primera instancia que condenó
a la compañía de teléfonos.
Proveedor no habría respetado los términos
del contrato causándole perjuicios al consumidor.
La Corte de Apelaciones de
San Miguel, tras ratificar fallo de primera instancia, pronunciada por el 2°
Juzgado de Policía Local de San Bernardo, condenó a la empresa Claro Chile S.A.
a pagar una indemnización por perjuicios a favor de un consumidor por una suma
de $980.000, además, de una multa ascendente a 70 U.T.M es
decir más de 3 millones de pesos.
Los hechos se produjeron en
noviembre de 2015, cuando al afectado se le ofreció cambiarse a la compañía CLARO
S.A por un mejor servicio y tecnología 4G, contratando un PLAN MULTIMEDIA PRO
10 GB de telefonía móvil, a lo que el consumidor accedió, portándose de empresa.
Sin embargo, la función de datos, voz, multimedia e internet, nunca pudieron ser
utilizados, ya que no existe señal para la correcta ejecución del servicio en
el sector donde reside el consumidor.
El afectado recurrió a la
Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel), institución que ordenó al
proveedor realizar los descuentos e indemnizar al consumidor por el período que
estuvo sin suministro y restablecer de
manera inmediata los servicios contratados. No obstante aquello, el servicio no
fue regularizado.
Por ello, el consumidor presentó
una denuncia y demanda ante el 2° Juzgado de Policía Local de San Bernardo,
donde SERNAC se hizo parte, pues la compañía infringió la Ley 19.496 sobre
Protección de los Derechos de los Consumidores.
El fallo de primera
instancia, sostiene que la empresa no respeto los términos del contrato, causándole
perjuicios al consumidor al no prestar la cobertura y el servicio ofrecido,
faltando al deber de profesionalidad que le asiste, en un sociedad en donde los
dispositivo electrónicos son altamente utilizados. Por su parte, la empresa
presentó un recurso de apelación, pero la Corte de Apelaciones de San Miguel lo
rechazó, ratificando el fallo de primera instancia.
El Director Nacional del
SERNAC, Ernesto Muñoz, valoró esta sentencia, indicando que es una buena
noticia para los consumidores, “en los servicios de telecomunicaciones, al
igual que en el resto de los mercados, los consumidores tienen derecho a que
las empresas cumplan con lo prometido, y a que respondan si no se entrega un
servicio de calidad” señaló la autoridad.
Reclamos y acciones
del SERNAC en este mercado
En lo que va del año este
Servicio ha recibido 5.700 reclamos en el mercado de los teléfonos móviles e
internet móvil, la gran mayoría por servicios defectuosos, facturación de cobro
de minutos erróneos e incumplimiento en las condiciones contratadas. El 2016 el
total fue de 27.868 quejas, también por las mismos motivos antes mencionados.
Del total de los reclamos recibidos, un 37. 77% fueron respondidos
negativamente por los proveedores.
Debido a la cantidad de
reclamos recibidos, y al comportamiento de respuesta negativo, el SERNAC
actualmente mantiene dos Juicios Colectivos abiertos con la empresa Claro y 10
Juicios de Interés General con la misma compañía, pero además, acciones prejudiciales y judiciales con varias
empresas de telecomunicaciones por diversos incumplimientos.
Sólo en la Región
Metropolitana hay 15 procesos por denuncias en materias como, incumplimiento de
contrato, negligencias en la prestación del servicio y publicidad engañosa,
entre otros aspectos.
En caso de que un ciudadano
tenga dudas, sienta que ha sido víctima de un abuso en materia de consumo o
requiera informarse sobre sus derechos, lo puede hacer gratis llamando al 800 700 100 de lunes a viernes de 09:00
a 21:00 horas y sábado de 09:00 a 19:00 horas.
También puede presentar sus
reclamos asistiendo en forma presencial a una oficina de atención de público de
SERNAC a lo largo del país o vía web en www.sernac.cl.
Para revisar los derechos
de los consumidores en Telecomunicaciones ingresa al siguiente link: http://www.sernac.cl/conectatecontusderechos/
#Iquique

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