Iquique, julio 19 de 2007.- De acuerdo a lo establecido por la Ley General de Servicios Eléctrico DFL4, en sus artículos 160º y 172º, los precios de nudo se reajustan de manera extraordinaria y automática. De esta forma, a partir del seguimiento de las fórmulas de indexación contenidas en el Decreto Nº 147 del Ministerio de Economía, el precio de la energía, tanto en el Sistema Interconectado Central (SIC) como en el Sistema Interconectado del Norte Grande (SING), experimentó una variación superior al 10% en el período de monitoreo.
Esta alza se explica, principalmente, por el fuerte aumento de los costos de operación con los que han funcionado los sistemas en los últimos meses debido al uso intensivo de diesel en reemplazo del gas natural para la generación eléctrica, lo que ha repercutido en las renegociaciones de precios, de los contratos entre generadores y sus clientes libres, precios que a su vez forman parte de la formulas de indexación.
Por tanto, el impacto real que estas variaciones tendrán para la Primera Región, será el siguiente:
Promedio | EMELARI | ELIQSA |
Clientes Residenciales | 4,5% | 4,6% |
En los casos de las comunas en que la variación sea igual o superior al 5% en las tarifas finales de electricidad, el Gobierno tomó la decisión —según lo faculta la ley (Art. 151 DFL4) y tal como se ha hecho en casos anteriores— de aplicar un subsidio dirigido para las familias de menores ingresos (información recogida de los medios de comunicación). ESTE NO ES EL CASO DE NUESTRA REGIÓN.
Así, según informó
No obstante debemos resaltar a nuestros clientes, que nuestras concesionarias a la fecha aún no han recibido ninguna instrucción de parte de la autoridad, referente a la entrega de subsidio, la que sólo se ha dado a conocer a través de los medios de comunicación, por lo que debemos esperar una notificación oficial de parte de la autoridad.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario